Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

VICTOR ANDRES TAPIA TAPIA C/ DAMIÁN ALEXIS RUZ BARRA

Rol

O-5473-2020

Fecha

29 de junio de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 50 y 90 y 446 N°3 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 346, 348, 393, 394, 395 y 396 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a DAMIÁN ALEXIS RUZ BARRA, ya individualizado, de los cargos formulados de ser autor de un delito de hurto simple en perjuicio de Supermercado Líder, que habría ocurrido en esta jurisdicción el día 31 de mayo del año 2020; por no haberse acreditado los hechos ni la participación, ante la inexistencia absoluta de prueba. II.- Que, atendido lo dispuesto, debe dejarse sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares, si es que se hubieren decretado. III.- Que, habiéndose librado sentencia absolutoria, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. En cuanto a la Fiscalía, se estima que obró en el imperativo que le establece su ley orgánica; a la querellante, solo por esta vez no se le condenará en costas, por estimar que pudo haber existido causa de error, no obstante lo anterior, queda apercibida que si, en lo sucesivo, nuevamente hace comparecer sus testigos por vía remota, se le condenará a las costas en dicha eventualidad. Regístrese, notifíquese y, ejecutoriada que sea esta resolución, archívese esta carpeta por afinada. Dictada por doña MARIA DEL PILAR LABARCA ROCCO, Juez Titular de Garantía de Viña del Mar. DMPGVFXCLP Maria del Pilar Labarca Rocco Juez de garantía Fecha: 01/07/2021 09:56:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-07-01T09:56:03-0400 Corte Suprema Maria

Fallo

se declara: I.- Que, se absuelve a DAMIÁN ALEXIS RUZ BARRA, ya individualizado, de los cargos formulados de ser autor de un delito de hurto simple en perjuicio de Supermercado Líder, que habría ocurrido en esta jurisdicción el día 31 de mayo del año 2020; por no haberse acreditado los hechos ni la participación, ante la inexistencia absoluta de prueba. II.- Que, atendido lo dispuesto, debe dejarse sin efecto el requerimiento y las medidas cautelares, si es que se hubieren decretado. III.- Que, habiéndose librado sentencia absolutoria, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. En cuanto a la Fiscalía, se estima que obró en el imperativo que le establece su ley orgánica; a la querellante, solo por esta vez no se le condenará en costas, por estimar que pudo haber existido causa de error, no obstante lo anterior, queda apercibida que si, en lo sucesivo, nuevamente hace comparecer sus testigos por vía remota, se le condenará a las costas en dicha eventualidad. Regístrese, notifíquese y, ejecutoriada que sea esta resolución, archívese esta carpeta por afinada. Dictada por doña MARIA DEL PILAR LABARCA ROCCO, Juez Titular de Garantía de Viña del Mar. DMPGVFXCLP Maria del Pilar Labarca Rocco Juez de garantía Fecha: 01/07/2021 09:56:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido

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Fecha Viña del Mar, veintinueve de junio de dos mil veintiuno RUC 2000550120-3 RIT 5473 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA DAMIÁN ALEXIS RUZ BARRA, comparece privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, soltero, empleado. 0018565113-4 Sector PLAYA ANCHA CALLE 7 BLOCK 4 DEPTO 22 3° SECTOR P.ANCHA. Valparaíso. SENTENCIA Que la parte expositiva y considerativa de la sen

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