MP C/ SEGUNDO NELSON CATRICOY QUEUPUMIL
Rol
O-1010-2020
Fecha
29 de junio de 2021
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos investigados ha evitado la realización de un juicio oral y causado con ello una economía al erario fiscal. Regístrese, notifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 4° del Decreto Ley N° 645 sobre el Registro Nacional de Condenas. Archívese oportunamente. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales, por lo que se tiene por ejecutoriada la sentencia a contar de esta fecha, cúmplase y ofíciese. Quedan los intervinientes presentes notificados en forma personal de todo lo obrado en audiencia. RIT N° 1010 - 2020 RUC N° 2000867157-6 Dictada por doña ANTONIA JAAR LABARCA, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli. JXLJVFJCTG Antonia Jaar Labarca Juez de garantía Fecha: 30/06/2021 17:03:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-06-30T16:59:54-0400 Corte Suprema Antonia Jaar Labarca Verificación Legal
Fundamentos
considerando: Que en esta causa RIT Nº 1010 - 2020, RUC Nº 2000867157-6, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don SEGUNDO NELSON CATRICOY QUEUPUMIL, Cédula Nacional de Identidad N° 0015499524-2. PARTE CONSIDERATIVA: Consta en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA:
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a don SEGUNDO NELSON CATRICOY QUEUPUMIL, Cédula Nacional de Identidad N° 0015499524-2, ya individualizado, como autor del delito consumado de Lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, cometido el día 24 de agosto de 2020 en esta comuna de Panguipulli, a la pena de multa de TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Que para el pago de la multa impuesta se concede al sentenciado facilidades para el pago de la misma, consistente cuotas o parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de un tercio de unidad tributaria mensual cada una, pagadera la primera de ellas dentro de los últimos diez días de cada mes comenzando en el mes de diciembre del año 2022. En caso de carecer de bienes para el pago de la multa sufrirá, por vía se sustitución y solo si consistiere en ello, la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, regulándose ésta en ocho horas de trabajos no remunerados por cada tercio de unidad tributaria mensual por la cual fue sentenciado el condenado. En caso de no consentir en dicha sustitución, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de JXLJVFJCTG Antonia Jaar Labarca Juez de garantía Fecha: 30/06/2021 17:03:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R eg
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JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA Y FAMILIA Etchegaray Nº 823, Fono 63 2 311 335 P A N G U I P U L L I S E N T E N C I A Panguipulli, veintinueve de junio de dos mil veintiuno. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Que en esta causa RIT Nº 1010 - 2020, RUC Nº 2000867157-6, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don SE
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