Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu.

CARLOS RODRIGO LAGOS PROVOSTE C/ CARLA ANTONIETA VARAS PANTOJA

Rol

O-714-2021

Fecha

29 de junio de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos constituyen el delito de infringir normas higiénicas y de salubridad, descrito y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en la que al imputado le cabe participación en calidad de autor, en grado consumado. 2° Que en cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, favorece al imputado la aminorante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal; sin agravantes. 3° Que la parte considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 49, 50, 68, 69, 70 y 318 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 340, 388, 398 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I).- Que se condena a CARLA ANTONIETA VARAS PANTOJA, C.I. 15.680.460-6, domiciliado en Calle Miramar Nº 201, Pichilemu., al pago de una multa de Un tercio de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor en grado consumado del delito de infringir XSXJVEXWPT Juan Manuel Gatica Lizana Juez de garantía Fecha: 29/06/2021 16:22:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Juzgado de Letras, Garantía Familia y Laboral de Pichilemu Página 2 de 2 normas higiénicas y de salubridad, descrito y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, hecho ocurrido el 28 de febrero del año 2021, en la comuna de Pichilemu. II).- Que reuniéndose los requisitos artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende el cumplimiento de la pena impuesta en esta

Fallo

se declara: I).- Que se condena a CARLA ANTONIETA VARAS PANTOJA, C.I. 15.680.460-6, domiciliado en Calle Miramar Nº 201, Pichilemu., al pago de una multa de Un tercio de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor en grado consumado del delito de infringir XSXJVEXWPT Juan Manuel Gatica Lizana Juez de garantía Fecha: 29/06/2021 16:22:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Juzgado de Letras, Garantía Familia y Laboral de Pichilemu Página 2 de 2 normas higiénicas y de salubridad, descrito y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, hecho ocurrido el 28 de febrero del año 2021, en la comuna de Pichilemu. II).- Que reuniéndose los requisitos artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende el cumplimiento de la pena impuesta en esta sentencia por el período de seis meses, a contar de esta fecha. Transcurrido este plazo sin que el imputado sea objeto de un nuevo requerimiento o formalización, el Tribunal procederá a dejar sin efecto esta sentencia y en su reemplazo dictará el sobreseimiento definitivo en el

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras, Garantía Familia y Laboral de Pichilemu Página 1 de 2 Procedimiento Simplificado. Pichilemu, veintinueve de junio de dos mil veintiuno. 1° Que el Ministerio Público formuló requerimiento simplificado verbal, siendo aplicables las normas del procedimiento monitorio, en atención a lo dispuesto en el artículo 318 inciso tercero del Código Penal; por el siguiente hecho: Que el día

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica