SERVICIO DE SALUD O"HIGGINS/FARÍAS
Rol
O-31-2020
Fecha
17 de febrero de 2021
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 7, 159 N°4, 174, 201, 446 y ss., 457 y 459 del Código del Trabajo, 1545, 1698 ambos del Código Civil, y demás que en derecho corresponda citar, se resuelve: Que, se ACOGE la demanda de Desafuero Maternal en Procedimiento de Aplicación General, interpuesta con fecha 25 de junio de 2020, por el demandante SERVICIO DE SALUD O´HIGGINS, RUT 61.606.800-8, en contra de doña DANIELA PAZ FARÍAS MOSCOSO, Técnico en Enfermería, domiciliada en, Pje. Nicanor Parra, Block N° 874, depto. N° 24, de la comuna de Santa Cruz, declarándose en consecuencia: 1.- Que, se autoriza al SERVICIO DE SALUD O´HIGGINS, a poner término a la relación laboral que la vincula con Doña Daniela Paz Farías Moscoso, por la causal de derecho contemplada en el artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, vencimiento del plazo convenido en el contrato.- 2.- Que, se exime de las costas a la demandada por tener motivo plausible para litigar.- Se hace presente que la sentencia está dictada en los términos de lo dispuesto en el artículo 62 del acta 71 del Excma. Corte Suprema. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.- Las partes quedan notificadas de la sentencia por estar presente en la audiencia.- Siendo las 11:52 horas se pone término a la presente audiencia.- Dirigió la audiencia don MAURICIO NUÑEZ ECHEVERRIA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras y del Trabajo de Santa Cruz.
Fundamentos
CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: -Se da por reproducida la relación de la demanda, contestación y demás gestiones que obran en autos, fundamentos de hecho y de derecho según los registros que han quedado vertidos en los registros de audio y video correspondiente.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 159 N°4, 174, 201, 446 y ss., 457 y 459 del Código del Trabajo, 1545, 1698 ambos del Código Civil, y demás que en derecho corresponda citar,
Fallo
se resuelve: Que, se ACOGE la demanda de Desafuero Maternal en Procedimiento de Aplicación General, interpuesta con fecha 25 de junio de 2020, por el demandante SERVICIO DE SALUD O´HIGGINS, RUT 61.606.800-8, en contra de doña DANIELA PAZ FARÍAS MOSCOSO, Técnico en Enfermería, domiciliada en, Pje. Nicanor Parra, Block N° 874, depto. N° 24, de la comuna de Santa Cruz, declarándose en consecuencia: 1.- Que, se autoriza al SERVICIO DE SALUD O´HIGGINS, a poner término a la relación laboral que la vincula con Doña Daniela Paz Farías Moscoso, por la causal de derecho contemplada en el artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, vencimiento del plazo convenido en el contrato.- 2.- Que, se exime de las costas a la demandada por tener motivo plausible para litigar.- Se hace presente que la sentencia está dictada en los términos de lo dispuesto en el artículo 62 del acta 71 del Excma. Corte Suprema. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.- Las partes quedan notificadas de la sentencia por estar presente en la audiencia.- Siendo las 11:52 horas se pone término a la presente audiencia.- Dirigió la audiencia don MAURICIO NUÑEZ ECHEVERRIA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras y del Trabajo de Santa Cruz.
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ACTA DE AUDIENCIA / Mediante VideoConferencia FECHA miércoles, 17 de febrero de 2021 RUC 20-4-0279791-7 RIT O-31-2020 MAGISTRADO MAURICIO NUÑEZ ECHEVERRIA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CRISTOBAL CASTRO ORTIZ Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0279791-7 -0117 DEMANDANTE SERVICIO DE SALUD O´HIGGINS ABOGADO BÁRBARA VANESSA DONOSO RÍOS FORMA DE NOTIFICACION barbara.donoso@saludohiggins.cl DEMANDAD
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