MANCILLA/FW MANAGEMENT SPA.
Rol
O-8338-2019
Fecha
19 de febrero de 2021
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1. CLARA MARIA MATAMALA MARTINEZ. RUT: 15.755.987-7.- Oficio: Se incorporan las respuestas a los oficios emitidos a las siguientes instituciones: 1) AFP MODELO 2) FONASA 3) AFC CHILE S.A. Exhibición de documentos: La parte demandada exhibe a la demandante los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria: A) excluidos. Bexcluidos C) LIBROS DE INSTALACIONES EN DONDE CONSTE LA DOTACION DE PERSONAL DE GUARDIA D) LIBROS DE ASISTENCIA PERSONAL DE GUARDIA. E) excluidos A la demandada Principal: De todos los contratos y anexos de contratos suscritos con el demandante y las liquidaciones de remuneración de todos el período trabajado. La parte demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal, el Tribunal lo tiene presente, según los antecedentes que constan en el registro de audio. Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 160, 162, 163, 168,171, 172, 173, 452, 453, 454 a 456, 457, 458, 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por SEBASTIÁN ANDRÉS MANCILLA FUENTEALBA en contra de la empresa SECURITY SERVICIOS SPA., declarándose que el despido que ha afectado al demandante con fecha 31 de agosto de 2019 resulta injustificado en razón de lo cual se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1.- La suma de $516.687 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- La suma de $516.687 por conce
Fundamentos
fundamentos de la demanda, ofrece pagar al demandante la suma única y total de $4.500.000, monto que se pagará en 1 cuota, con vencimientos el día 1 de marzo de 2021 mediante depósito o transferencia a nombre del abogado MATÍAS NOVOA CARBONE, Rut: 16.097.411-7, cuenta corriente N°62-12984-0 del BANCO SANTANDER, correo electrónico mnovoa@novoayaburto.cl. Quedando de cargo de la parte demandada dar cuenta de pago al Tribunal dentro de quinto día de efectuado el mismo. 2. La parte demandante acepta la suma ofrecida y la forma en que se efectuará el pago. 3. Las partes se otorgan el más amplio, completo y recíproco finiquito, declarando que nada se adeudan por concepto alguno, salvo las obligaciones que emanan de la presente conciliación. 4. Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento de la presente conciliación, la demandada solidaria se obliga al pago del 50% adicional al monto señalado en el numeral primero, por concepto de cláusula penal, la que se hará efectiva solo una vez que sean remitidos los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago 5. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene presente el acuerdo conciliatorio, otorgándole el carácter de sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales. Regístrese, fírmese por el juez que dirige la presente audiencia y archívese los autos en su oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 160, 162, 163, 168,171, 172, 173, 452, 453, 454 a 456, 457, 458, 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por SEBASTIÁN ANDRÉS MANCILLA FUENTEALBA en contra de la empresa SECURITY SERVICIOS SPA., declarándose que el despido que ha afectado al demandante con fecha 31 de agosto de 2019 resulta injustificado en razón de lo cual se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1.- La suma de $516.687 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- La suma de $516.687 por concepto de remuneración del mes de agosto del año 2019. La suma de $90.421 por concepto de feriado adeudado al demandante. II.- Que asimismo se condena a la demandada al pago de las cotizaciones de seguridad social del mes de agosto de 2019, que aún se encuentra adeudada de acuerdo a la liquidación que practiquen las instituciones a las que se encuentre afiliada el demandante, las que además deberán interponer las acciones de cobro una vez que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. III.- Que asimismo se condena a la demandada al pago de las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen entre la fecha del despido, 31 de agosto de 2019, y el de su convalidación, entendiéndose por pactar el pago de las cotizaciones de seguridad social conforme al punto II de lo resolutivo, en base a una remuneración mensual de $516.687. IV.- Que no habiendo sido t
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 17 DE FEBRERO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 15 VIRTUAL RUC 19-4-0235377-8 RIT O-8338-2019 MAGISTRADO FRANCISCO VEAS VERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERIC PIZARRO LUCO HORA DE INICIO 10:47 HORAS HORA DE TERMINO 11:31 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 1940235377-8-1349-210217-00 PARTE DEMAND
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