MP C/ FRANCISCO DAVID MEZA MEZA
Rol
O-7903-2019
Fecha
18 de junio de 2021
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: A lo menos durante julio del año 2019, en el domicilio ubicado en Pedro Cuadra Baeza 1348 de la Población Santa Julia en Rancagua, los imputados FRANCISCO DAVID MEZA MEZA, OLGA MYRIAM MEZA TORRES y ALEJANDRA DEL PILAR OLATE MATAMALA han acopiado droga, tanto marihuana como clorhidrato de cocaína y pasta base de cocaína con el fin de comercializarla a adictos; y lo han hecho el día 23 de Julio en horas de la tarde en el domicilio indicado. Ese día Francisco Meza vendió 2 envoltorios de pasta base en $2.000 a un tercero recibiendo por ello $2.000 en dinero efectivo; el día 25 se repitió una transacción en el lugar ello motivo que la policía ingresara hasta el domicilio sorprendiendo a los tres con YWEJVDLREB Gonzalo Benjamin Celedon Bulnes Juez de garantía Fecha: 23/06/2021 14:50:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl diversas cantidades de drogas, cuando ingresó la policía Meza portaba una bolsa con 4 envoltorios de pasta base y más otra bolsa también con pasta base y $20.000.- en dinero en efectivo. Olga Meza al momento del ingreso de la policía portaba un estuche que en su interior tenía 48 envoltorios de pasta base más $13.000. Alejandra Olate también en el momento en que ingreso la policía portada un monedero que en su interior tenía 35 envoltorios de pasta base más una bolsa con una pequeña cantidad de clorhidrato. En dependencias del inmueble se ubicó una pesa, una tijera, un cuaderno universitario, trozos de papel, todo usado para la dosificación de la droga; en un cajón de la propiedad se encontró una bol
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 Nº 9, 15 N°1, 30, 70 del Código Penal; artículo 4° de la Ley N° 20.000, artículo 7 y 8 de la Ley N° 18.216, artículos 297, 340, 341, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA a FRANCISCO DAVID MEZA MEZA, cédula de identidad N° 13.460.209-0, domiciliado en Pedro Cuadra Baeza N° 1348, Población Santa Julia, comuna de Rancagua y a ALEJANDRA DEL PILAR OLATE MATAMALA, cédula de identidad N° 17.053.827-7, domiciliada en Campamento El Trapiche, Casa N° 10, comuna de Rancagua, ya individualizados, como autores en grado consumado de un delito de microtráfico, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley N° 20.000 a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO , suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y multa de DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y comiso de las especies incautadas. II.- Que, para el cumplimiento de la pena corporal se les concede la pena sustitutiva reclusión parcial, bajo la modalidad nocturna y domiciliaria, todos los días entre las 22:00 horas y 06:00 del día siguiente, debiendo presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada la presente sentencia al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, correspondiente a su domicilio, a fin de comenzar su cumplimiento, bajo apercibimiento de modificarla por una pena sustitutiva de mayor intensidad o de revocarla.- Se reconoce como
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Individualización de Audiencia de preparación juicio oral.. Fecha Rancagua., dieciocho de junio de dos mil veintiuno Magistrado GONZALO CELEDÓN BULNES Fiscal Erika Baeza Castillo Defensor Leonardo Díaz Valencia por Bárbara Silva Gálvez Hora inicio 11:26AM Hora termino 11:50AM Sala Sala 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Rancagua. Acta ecm RUC 1801220893-2 RIT 7903 - 2019 Actuaciones efectuadas NOM
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