Juzgado de Garantía de La Ligua.

CAMILO OCTAVIO FLORES MORALES C/ FERNANDO JAVIER RAMÍREZ ROJO

Rol

O-474-2020

Fecha

23 de junio de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 25 de Diciembre de 2019, aproximadamente a las 22:20 horas, el acusado FERNANDO JAVIER RAMIREZ ROJO conducía en estado de ebriedad el automóvil marca Toyota, modelo Yaris, patente única BHBS-39 por la ruta E-253, sector El Escorial, Los Romeros, Longotoma de la comuna de La Ligua, y al llegar a la altura del kilómetro 22.500, perdió el control del vehículo impactando contra el cierre perimetral de dos parcelas del sector, producto de lo cual el acusado debió ser trasladado hasta el Hospital “San Agustín” de la ciudad de La Ligua. Posteriormente, personal de Carabineros llegó hasta el establecimiento asistencial, constatando además, que el acusado RAMIREZ ROJO no mantenía su licencia de conducir, ello por cuanto con fecha 23 de Septiembre de 2019, en causa RIT 1312/2019 del Juzgado de Garantía de La Ligua, éste había sido condenado, entre otras sanciones, a la suspensión de su licencia de conducir por el lapso de dos años. Practicada en esa ocasión la alcoholemia de rigor al acusado, esta arrojó un resultado de 1,48 gramos por mil de alcohol en la sangre” Que de conformidad con lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N°16, 14, 15 N° 1, 18, 29, 30, 49, 58, 68, 69, y 70 del Código Penal; los artículos 1, 3, 4, 7, 8, 12, 45, 53, 93, 166, 172, 180, 229, 248, 297, 340, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 110 196 y 2019 de la Ley 18290, normas pertinentes de La Ley 18.216,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a don FERNANDO JAVIER RAMÍREZ ROJO, cédula de identidad 19.549.007-4, domiciliado en PARCELA SANTA MARTA LONGOTOMA S/N, LA LIGUA, a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL Y SUSPENSIÓN LICENCIA DE CONDUCIR POR CINCO AÑOS, en su calidad de autor de un delito de conducion en estado de ebriedad y con licencia de conducir suspendida, previsto y sancionado en el artículo 110, 196 y 209 de la ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 25 de diciembre VEHXVDEFPD Margarita del Carmen Riquelme Claveria Juez de garantía Fecha: 23/06/2021 18:13:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl del año 2019, en la comuna de La Ligua, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad

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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO. La Ligua, veintitrés de junio de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 25 de Diciembre de 2019, aproximadamente a las 22:20 horas, el acusado FERNANDO JAVIER RAMIRE

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