Juzgado de Garantía de Colina

MP C/ ANA MARÍA MARTÍNEZ CARTES

Rol

O-5502-2020

Fecha

17 de junio de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 2 de octubre de 2020, aproximadamente a las 18:10 horas, en la ejecución de una autorización de entrada, registro e incautación otorgada por el Juzgado de Garantía de Colina, de fecha 28 de septiembre del año 2020 funcionarios de la Agrupación MT-0 Lampa, de la Policía de Investigaciones, sorprendieron a los imputados JUAN BENJAMIN AVENDAÑO HUILIPAN y PAOLA ANDREA TORRES MARTINEZ, al interior de su domicilio ubicado en CALLE CHILE 590, BATUCO, LAMPA, manteniendo en su poder, guardando y poseyendo, con el propósito de traficar, en el inodoro del baño de la habitación la cantidad de 192 envoltorios del papel blanco cuadriculado contenedores de una sustancia en polvo, de color beige, la que arrojó coloración positiva a cocaína a la prueba de campo respectiva y un peso bruto de 84,64 gramos; en la escalera que conecta al segundo piso de la casa, 21 envoltorios de papel cuadriculado, todos contendores de una sustancia en polvo de color beige, también se procedió a realizar la respectiva Prueba de Campo a uno de estos envoltorios, muestra que arrojo resultado positivo para la presencia de Cocaína y un peso Bruto de 2,59 gramos. Momentos antes el imputado Juan Avendaño arrojó parte de la droga hacia el techo del domicilio colindante, ubicado calle Figueroa Nº 493, localidad de Batuco comuna de Lampa, al que funcionarios policiales ingresaron previa autorización del encargado, VDPBVCTFXN CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 14:41:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl encontrándose la

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a ANA MARÍA MARTÍNEZ CARTES, cédula de identidad N° 0010484936-9, a PAOLA ANDREA TORRES MARTÍNEZ cédula de identidad N° 0015666902-4 y a JUAN BENJAMÍN AVENDAÑO HUILIPÁN cédula de identidad N° 0020761615-K, ya individualizados, como coautores de un delito de Trafico de pequeñas cantidades del articulo 4º de la Ley 20.00, hecho ocurrido el día 02 de octubre del año 2020, en la comuna de Lampa, a sufrir la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a 10 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II. Que la pena de presidio y la pena de multa, se tendrán por cumplidas con el mayor tiempo que estuvieron sujetos a la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno de 8 horas, desde el día 03 de octubre del año 2020, lo que hace un total VDPBVCTFXN CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 14:41:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl de 171 días d

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Colina, diecisiete de junio de dos mil veintiuno. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA RUC: 2000527621-8 RIT: 5502 - 2020 IMPUTADO: ANA MARÍA MARTÍNEZ CARTES C.I. 0010484936-9 FECHA DE NACIMIENTO 04-09-1965 DIRECCIÓN Calle Figueroa Nº 505 COMUNA: Lampa. IMPUTADO: PAOLA ANDREA TORRES MARTÍNEZ C.I. 001

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