SERGIO PATRICIO AVILA TORRES C/ VÍCTOR ESTEBAN CASTRO OYARCE
Rol
O-291-2020
Fecha
19 de junio de 2021
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía, el Ministerio Público formuló acusación en contra de Víctor Esteban Castro Oyarce, cédula de identidad Nº10.056.336- 3, trabajador, domiciliado en calle Livia Díaz N°169, comuna de Puerto Natales, teléfono: 989688512, representado por su abogada defensora doña Karina Ulloa Pérez, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y con licencia de conducir suspendida y del delito consumado de presentación de certificados falsos para obtener licencia de conducir. SEGUNDO: Que los hechos objeto de la acusación son los siguientes: El día 12 de diciembre del año 2019, el acusado Víctor Castro Oyarce, solicitó un duplicado de su licencia de conducir, la que fue otorgada mediante folio N°20642547, por el departamento de tránsito, de la ilustre municipalidad de Puerto Natales, presentando para dichos efectos una declaración jurada en la que afirma que “extravió o sustrajo su licencia de conducir clase B y que no se encuentra retenida por ningún tribunal de la Republica, Carabineros de Chile, ni autoridad competente”, a sabiendas de que su licencia de conducir había sido retenida en causa Rit N°846-2019, con fecha 12 de diciembre de 2019, en que fue condenado a dos años de suspensión de licencia de conducir por el delito de conducción en estado de ebriedad, habiendo hecho el imputado entrega voluntaria de la misma. El día 20 de noviembre del año 2020, alrededor de las 22:15 horas, el imputado Víctor Castro Oyarce, conducía el vehículo PPU AE-2214, por calle Manuel Bulnes frente al número 955 de la comuna de Puerto Natales, colisiono al vehículo PPU LFFD-49, de propiedad de la víctima Santiago Muñoz Carcamo, el imputado lo hacía en estado de ebriedad, su alcoholemia arrojo 2,20 gramos por mil de alcohol en la sangre, y lo hacía con licencia de conducir suspendida ello por sentencia en causa Rit N° 846-2019 de fecha 12 de diciembre de 2019, de este tribunal. TERCERO: Que el Ministerio Público calificó los hechos antes descritos como constitutivos del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y con licencia de conducir suspendida, previsto y sancionado en el artículo 196, con relación a los artículos 110, 111 y 209, todos de la Ley 18.290, y del delito consumado de presentación de certificados falsos para obtener licencia de conducir, descrito en el artículo 192 letra c) de la Ley 18.290. El persecutor estima le favorece la XPGNVCCPXB Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 19/06/2021 09:13:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P a
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a Víctor Esteban Castro Oyarce, cédula de identidad Nº10.056.336-3, ya individualizado, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y con licencia de conducir suspendida, previsto y sancionado en el artículo 196, con relación a los artículos 110, 111 y 209, todos de la Ley 18.290, a sufrir la pena de 150 días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de dos (2) unidades tributarias mensuales y suspensión de su licencia de conducir durante cinco (5) años a contar del día 13 de diciembre de 2021. Asimismo, se le condena como autor del delito consumado de presentación de certificados falsos para obtener licencia de conducir, descrito en el artículo 192 letra c) de XPGNVCCPXB Jorge Juan Enrique Lavin Saint Pierre Juez de garantía Fecha: 19/06/2021 09:13:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl la Ley 18.290, a sufrir la pena de 150 días de presidio menor en su
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Garantía de Natales Procedimiento Abreviado RIT 291-2020 RUC 2000058888-2 Imputado: Víctor Castro Oyarce Materia: Manejo en estado de ebriedad y Otro Juez Titular: Jorge Lavin Saint-Pierre Fecha de ingreso: 3 de abril de 2020 Fecha de sentencia: 19 de junio 2021 Código: 14004, 12072 Puerto Natales, a diecinueve de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante est
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica