C/ JEAN PIERRE FERIA PINGO
Rol
O-4365-2021
Fecha
18 de junio de 2021
Materia
OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP, ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que el fiscal adjunto, ha sustituido procedimiento y ha requerido en procedimiento simplificado a JEAN PIERRE FERIA PINGO, cédula nacional de identidad N°23.612.219-8, de 19 años de edad, nacido el 13 de marzo de 2002, nació en Perú, soltero, trabaja, domiciliado en Alcalde Flores N° 2133, comuna de Pedro Aguirre Cerda, ya individualizado en la presente audiencia, asistido por la defensoría penal pública, como autor del delito frustrado de Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el art. 442 N° 2 del Código Penal, y la falta penal consumada de ocultamiento de identidad prevista y sancionada en el artículo 496 N° 5 del Código Penal. Que llevada a cabo la audiencia respectiva con la presencia del fiscal del ministerio público, el imputado y su abogada defensora penal pública se preguntó a éste si admitía responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, o si por el contrario, solicitaría la realización de juicio a lo cual respondió que admitía responsabilidad en los hechos. Tras la admisión de responsabilidad el Tribunal dictó sentencia inmediatamente. C O N S I D E R A N D O: 1) Que el fiscal requirió verbalmente al imputado, ya individualizados, sobre la base de los siguientes hechos: “El día 16 de Mayo de 2021 a las 14:15 horas aproximadamente, el imputado Jean Pierre Feria Pingo concurrió a la estación Los Leones de metro Línea 6 ubicada en Avenida Providencia de la comuna de Providencia, trasladándose al pasillo en que se ubican varios Stands de venta de productos, entre ellos el de nombre de fantasía Happy Baby de propiedad de la víctima Javier Cofre Soto, lugar en donde con ánimo de sustraer especies, forzó el candado de una puerta de acceso al stand que mantenía variados artículos para bebés, siendo observado a través de las cámaras de seguridad de la estación del metro, procediendo el imputado a retirarse del stand para obtener una bolsa plástica, y luego poder cargar los productos que pretendía sustraer, siendo interceptado
Fundamentos
considerando que no hubo oposición por el ente persecutor. 7º) Que no se condena en costas al sentenciado por haber renunciado a su derecho al juicio, ahorrando recursos materiales y humanos a la administración de justicia en su conjunto. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14, 15, 25, 30, 31 49, 68, 70, 432, 442 N° 2 y 396 N° 5 del Código Penal; artículos 388, 389, 393 bis, 394, 395 del Código Procesal Penal; artículo 4 de la Ley N° 18.216;
Fallo
SE DECLARA; 1.- Que se condena, sin costas, a JEAN PIERRE FERIA PINGO, ya individualizado en su calidad de autor del delito frustrado de Robo en lugar No habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 2 del Código Penal, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a la pena de multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual en su calidad de autor de una falta penal consumada de ocultar su identidad prevista y sancionada en el artículo 496 N° 5 del Código Penal, todo por el hecho acaecidos en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 16 de Mayo de 2021. 2.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por cuanto con su admisión de responsabilidad ha ahorrado recursos a la administración de Justicia en su conjunto. 3.- Que el sentenciado, JEAN PIERRE FERIA PINGO, se le sustituye la pena privativa de libertad por la Remisión Condicional de la Penal, debiendo quedar sujeto a la autoridad administrativa dependiente de Gendarmería de Chile, por el término de UN AÑO. En el evento que dicho beneficio le fuere revocado deberá ingresar a cumplir la pena corporal de manera efectiva sirviéndole de abono 32 días que ha estado privado de libertad en razón de la presente causa, según el periodo que va desde el 18 de Mayo de 2021 y hasta el día de hoy 18 de Junio de 2021, oportunidad en la cual se da orden de libertad en la presente causa. 4.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciocho de Junio de dos mil veintiuno. VISTOS: Que el fiscal adjunto, ha sustituido procedimiento y ha requerido en procedimiento simplificado a JEAN PIERRE FERIA PINGO, cédula nacional de identidad N°23.612.219-8, de 19 años de edad, nacido el 13 de marzo de 2002, nació en Perú, soltero, trabaja, domiciliado en Alcalde Flores N° 2133, comuna de Pedro Aguirre Cerda, ya individualizado
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