PINTO/SOCIEDAD DE INGENIERIA Y PROYECTOS OLIVARES Y VERAGUA LIMITADA
Rol
O-797-2020
Fecha
15 de febrero de 2021
Materia
Costas, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El Tribunal hace una somera relación de los contenidos de la demanda y de la contestación. Desistimiento parcial: La parte demandante se desiste de la demanda deducida en contra del Servicio de Salud de Antofagasta, quien se allana al desistimiento en términos puros y simples. El Tribunal lo tiene presente. Llamado a conciliación: En atención a la incomparecencia de la parte demandada, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. Solicitud de sentencia inmediata: La parte demandante, teniendo presente que la demandada, se encuentra válidamente notificada y que no ha contestado la demanda, solicita al Tribunal dictar sentencia inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 453 N° 3 inciso segundo del Código del Trabajo, en atención a que no existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos. El Tribunal resuelve: Se acoge la solicitud de dictar sentencia inmediata. SENTENCIA: Antofagasta, quince de febrero del año dos mil veintiuno. VISTO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. O-797-2020, R.U.C. 20-4-027570-4, seguida por nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales, solicitado en procedimiento de aplicación general, mediante demanda entablada por doña YESENIA PINTO LIZAMA, Rut 17.938.356-K, chilena, domiciliada en pasaje Teniente Manuel Orella 610, oficina 1303 de Antofagasta, seguida en contra de SOCIEDAD DE INGENIERIA Y PROYECTOS OLIVARES Y VERAGUA S.A o INGEL S.A, RUT 76.275.338-3, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don Horacio Veragua Ramírez, ambos domiciliados en esta ciudad, calle los sauces 275 sector Trocadero, Antofagasta. SEGUNDO: Que, el demandado, no contestó la demanda por lo que a su respecto no existen excepciones, alegaciones o defensas que analizar. TERCERO: Que, citadas las partes a audiencia preparatoria solo comparecieron la actora y la primitiva demandada solidaria, respecto de la cual operó desistimi
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5 a 11, 21, 22, 34, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 73, 153, 154, 159, 160 Nº 1 y Nº 7, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 174, 178, 201, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438 y 440 a 462, del Código del Trabajo; Se declara: I.- Que, se acoge la demanda de cobro de prestaciones y despido nulidad del despido intentada por doña YESENIA PINTO LIZAMA seguida en contra de SOCIEDAD DE INGENIERIA Y PROYECTOS OLIVARES Y VERAGUA S.A o INGEL S.A, representada por don Horacio Veragua Ramírez, todos ya individualizados, en consecuencia, se declara nulo el despido de fecha 10 de enero de 2020, debiendo el demandado pagar a los demandantes las siguientes prestaciones: 1.- Las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo por el periodo comprendido entre la fecha del despido y la convalidación del mismo, por la suma de $843.798.- mensuales. 2.- $843.798.- a título de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. 3.- $3.375.192.- a título de tres años de servicios y fracción superior a seis meses. 4.- $6.750.384.- a título de remuneraciones adeudadas por el periodo junio de 2019 a enero de 2020. 5.- $286.838.- a título de feriado proporcional. 6.- $430.256.- a título de feriado legal. II.- Que, las sumas ordenadas pagar deben ser reajustadas y devengan intereses conforme a las reglas dispuestas en artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que, se condena en costas a la parte demandada, las que
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA PREPARATORIA POR VIDEOCONFERENCIA EN PLATAFORMA ZOOM FECHA Antofagasta, a quince de febrero de dos mil veintiuno MAGISTRADO YOHANA MARÍA CHÁVEZ CASTILLO HORA DE INICIO 09:33 HORA DE TÉRMINO 09:38 ENCARGADO DE ACTA Felipe Knuckey Cuadra SALA 1 RUC 20-4-0275170-4 RIT O-797-2020 REGISTRO DE AUDIO N° 2040275170-4-1335 RESOLUCIÓN
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