C/ ROBERTO BASTIÁN GALLARDO JÁUREGUI
Rol
O-5588-2021
Fecha
18 de junio de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 13 de junio de 2021, alrededor de las 17.00 horas, el imputado ingreso vía escalamiento de la reja perimetral a dependencias de la casa medico N° 1 de la Clínica Santa María, ubicada en calle Fernando Manterola N° 0530, comuna de Providencia, dirigiéndose al sector del patio, ingresando por la ventana de un baño al interior, rompiendo la puerta de vidrio de una oficina, sustrayendo especies desde la oficina como medicamentos, artículos de aseo, dinero, radio musical, termo. Especies que guarda en el interior de un bolso que estaba en el mismo lugar, avaluado en la suma de 300 mil, saliendo de la casa, siendo detenido por guardias al interior del recinto. Se señala que éstos hechos son constitutivos del delito de Robo en lugar no habitado, descrito y sancionado en el art. 442 N° 1 del Código Penal, en relación con el art. 432 del mismo cuerpo legal, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor, conforme al artículo 15 Nº 1 del Código Punitivo, encontrándose el ilícito en grado de frustrado. El Fiscal actuante don Cesar Moya, estimando que se reúnen los requisitos exigidos por la ley y que existe acuerdo con el acusado y su defensa, solicitó al tribunal se continuara la tramitación de esta causa conforme al procedimiento abreviado, remitiéndose a lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 407 del Código Procesal Penal, modificó su proposición de pena a la de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales, comiso de las especies incautadas correspondientes a un cuchillo marca Tramontina, una caña de pescar y un jockey color rojo con negro, sin costas. SEGUNDO: Que, ante esta propuesta el acusado, debidamente asesorado por la abogado defensora penal pública Amalia Beiner Mangiamarchi, manifestó expresamente conocer y aceptar los hechos materia de la acusación y los antecedentes en que se fundó la investigación y estuvo de acuerdo en la aplicación del procedimiento abreviado, previa advertencia del tribunal de su derecho a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público acusó en esta audiencia a ROBERT BASTIÁN GALLARDO JÁUREGUI, cédula de identidad Nº 20.787.875-8, domiciliado en LAS TINAJAS, BLOCK 30, DPTO. Nº 107, Maipú, por los siguientes hechos: El día 13 de junio de 2021, alrededor de las 17.00 horas, el imputado ingreso vía escalamiento de la reja perimetral a dependencias de la casa medico N° 1 de la Clínica Santa María, ubicada en calle Fernando Manterola N° 0530, comuna de Providencia, dirigiéndose al sector del patio, ingresando por la ventana de un baño al interior, rompiendo la puerta de vidrio de una oficina, sustrayendo especies desde la oficina como medicamentos, artículos de aseo, dinero, radio musical, termo. Especies que guarda en el interior de un bolso que estaba en el mismo lugar, avaluado en la suma de 300 mil, saliendo de la casa, siendo detenido por guardias al interior del recinto. Se señala que éstos hechos son constitutivos del delito de Robo en lugar no habitado, descrito y sancionado en el art. 442 N° 1 del Código Penal, en relación con el art. 432 del mismo cuerpo legal, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor, conforme al artículo 15 Nº 1 del Código Punitivo, encontrándose el ilícito en grado de frustrado. El Fiscal actuante don Cesar Moya, estimando que se reúnen los requisitos exigidos por la ley y que existe acuerdo con el acusado y su defensa, solicitó al tribunal se continuara la tramitación de esta causa conforme al procedimiento abreviado, remitiéndose a lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 407 del Código Procesal Penal, modificó su proposición de pena a la de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales, comiso de las especies incautadas correspondientes a un cuchillo marca Tramontina, una caña de pescar y un jockey color rojo con negro, sin costas. SEGUNDO: Que, ante esta propuesta el acusado, debidamente asesorado por la abogado defensora penal pública Amalia Beiner Mangiamarchi, manifestó expresamente conocer y aceptar los hechos materia de la acusación y los antecedentes en que se fundó la investigación y estuvo de acuerdo en la aplicación del procedimiento abreviado, previa advertencia del tribunal de su derecho a un juicio oral y que constatara que prestaba su consentimiento en forma libre y voluntaria, sin haber sido objeto de coacciones ni presiones indebidas, manifestando asimismo que entiende los términos del acuerdo y las consecuencias que éste puede significarle. TERCERO: Que, los antecedentes de la investigación aportados por la Fiscalía, expresados resumidamente en la audiencia consistieron en: 1.- Parte policial. 2.- Declaración de los funcionarios policiales que adoptan el procedimiento. 3.- Declaración de los guardias de seguridad. 4.- Actas de pre existencia de todas las especies sustraídas. 5.- Actas de incautación de las especies. 6.-Set fotográfico del lugar donde ocurrieron los hechos y las especies encontradas en poder del imputado. 7.-Fotograma cuadro a
Fallo
Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 15 Nº 1, 18, 21, 24, 29, 32, 50, 432, 442 N° 1, 449 del Código Penal; 30, 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 8 y siguientes de la ley 18.216;; SE DECLARA: I.- Que, se condena a ROBERT BASTIÁN GALLARDO JÁUREGUI, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito HWHYVBSYRT MARLYS EILEEN WELSCH CHAHUAN Juez de garantía Fecha: 18/06/2021 10:51:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl con fuerza en las cosas en lugar no habitado, cometido en la comuna de Providencia, el día 13 de junio de 2021, en grado de desarrollo de frustrado. II.- Que, se impone al sentenciado la pena sustitutiva de Reclusión Parcial Nocturna Domiciliaria, por el mismo término de la pena inicial, desde las 22 horas de cada día hasta las 6 horas del d
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Santiago, dieciocho de junio de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público acusó en esta audiencia a ROBERT BASTIÁN GALLARDO JÁUREGUI, cédula de identidad Nº 20.787.875-8, domiciliado en LAS TINAJAS, BLOCK 30, DPTO. Nº 107, Maipú, por los siguientes hechos: El día 13 de junio de 2021, alrededor de las 17.00 horas, el imputado ingreso vía escalamiento de la r
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