M.P. C/ BASTIÁN ANDRÉS CURIANTE CONTRERAS
Rol
O-1505-2021
Fecha
10 de junio de 2021
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: El día 04 de abril del año 2021, alrededor de las 08:30 horas, en la vía pública ubicada en la caletera oriente, a la altura del km. 317 de la ruta 5 Sur de la comuna de Longaví, los requeridos doña Ana Belén Curiante Contreras y don Bastián Andrés Curiante Contreras fueron sorprendidos por funcionarios policiales en dicha localidad sin contar con el salvoconducto o permiso temporal otorgado por la autoridad competente que les permitiera circular, en los momentos en que es solicitada la identificación a la requerida Ana Belén Curiante Contreras, ésta señala llamarse Carla Georgina Catalán Lucumir señalando un domicilio y al ser verificada dicha información en el sistema biométrico de la Policía, se percatan de que esta no corresponde a la persona fiscalizada, por lo cual también se procede a su detención por el delito de usurpación de identidad. A su vez, cuando se procede a la detención de ésta, la imputada opone tenaz resistencia a la misma, mordiéndole el brazo al funcionario policial don Guido Gastón Díaz Cofré, ocasionándole lesiones clínicamente leves consistentes en lesión en antebrazo derecho, posterior a recibir agresión de tipo mordedura. A su vez, don Bastián Andrés Curiante Contreras al también proceder a su detención, opone tenaz resistencia, percatándose el personal policial que portaba entre sus vestimentas, específicamente en el cinto del pantalón un arma blanca con empuñadura de madera, por lo cual se le arrebata en su momento para evitar una posible agresión. CZZXVCCEXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 17:00:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e
Fundamentos
Considerando la forma como se determinó la responsabilidad del sentenciado así como la naturaleza de su representación, se le exime del pago de las costas de la causa. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese. Ruc N° 2100315660-2 Rit N° 1505-2021 Dictada por doña EVELYN PÉREZ JAÑA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Linares. CZZXVCCEXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 17:00:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl SE DEJA CONSTANCIA QUE EL CONTENIDO ÍNTEGRO DE LA SENTENCIA SE ENCUENTRA REGISTRADO EN EL SISTEMA DE AUDIO DE ESTE JUZGADO DE GARANTÍA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 41 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. CZZXVCCEXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 17:00:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-06-22T17:03:22-0400 Corte Suprema Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Verificación Legal
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA a BASTIAN ANDRES CURIANTE CONTRERAS, ya individualizado, a la pen a de multa de 2/3 de unidad tributaria mensual, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito de porte de arma cortante o punzante, hecho perpetrado en la comuna de Longaví con fecha 04 de abril de 2021 en grado de desarrollo consumado. II.- La pena de multa se autoriza ser pagada en DOS PARCIALIDADES iguales, mensuales y sucesivas, debiendo pagar la primera de ellas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente de ejecutoriada esta sentencia y la siguiente en la misma fecha del mes que sigue. En caso que no pagase la pena de multa, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada un tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado. III.- Se decreta el comiso del arma incautada en este procedimiento, debiendo procederse a su destrucción por quién corresponda. IV.- Considerando la forma como se determinó la responsabilidad del sentenciado así como la naturaleza de su representación, se le exime del pago de las costas de la causa. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese. Ruc N° 2100315660-2 Rit N° 1505-2021 Dictada por doña EVELYN PÉREZ JAÑA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Linares. CZZXVCCEXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 17:00:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN
Texto Completo (Preview)
RUC : 2100315660-2 RIT : 1505-2021 DELITO : Porte de arma cortante o punzante GRADO DESARROLLO: Consumado. IMPUTADO : BASTIAN ANDRES CURIANTE CONTRERAS RUT N° : 17.304.664-2 DOMICILIO : Sector Villa Longaví, sitio 61 Longaví FISCAL : María Teresa Recabarren DEFENSOR : Luis González Adasme PROCEDIMIENTO : Simplificado. ATENUANTES : Artículo 11 N° 9 Código Penal. AGRAVANTES : No concurren. HECHO
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