C/ MARÍA ELIZABETH MUÑOZ PINTO
Rol
O-14771-2019
Fecha
17 de junio de 2021
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 24 de agosto de 2019, alrededor de las 03:20 horas, mientras la víctima Matheus Henrique Pereira Guimaraes se encontraba en la intersección de Avenida Libertador Bernardo O´higgins con calle Irene Morales de la comuna de Santiago, fue abordado por los imputados Yohan Estiven Baez Ruiz y María Elizabeth Muñoz Pinto, procediendo imputada María Muñoz a empujar sorpresivamente a la víctima por la espalda, lo que aprovechó el imputado Yohan Baez para arrebatar a la víctima la billetera que llevaba en ese momento en su mano, entregándosela rápidamente a la imputada María Muñoz, para posteriormente huir del lugar con la especie sustraída en su poder. Al interior de la billetera color negro marca Salvatore Ferragama sustraída por los imputados, la víctima mantenía $15.000 en dinero efectivo, 03 tarjetas de crédito y 01 tarjeta BIP, todo lo que es avaluado en la suma de $35.000. SE DECLARA: I.- Que se condena a MARÍA ELIZABETH MUÑOZ PINTO, ya individualizada, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTORA del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 24 de agosto de 2019. II.- Que respecto al cumplimiento de la pena corporal impuesta de 61 días, por cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 4° y siguientes de la Ley N° 18.216, se le otorga a la sentenciada la pena sustitutiva de remisión LHXFVBXXKJ JAIME LEONARDO FUICA MARTINEZ Juez de garantía Fecha: 17/06/2021 15:25:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a MARÍA ELIZABETH MUÑOZ PINTO, ya individualizada, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTORA del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2° en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, ocurrido en la comuna de Santiago, el día 24 de agosto de 2019. II.- Que respecto al cumplimiento de la pena corporal impuesta de 61 días, por cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 4° y siguientes de la Ley N° 18.216, se le otorga a la sentenciada la pena sustitutiva de remisión LHXFVBXXKJ JAIME LEONARDO FUICA MARTINEZ Juez de garantía Fecha: 17/06/2021 15:25:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl condicional de la pena por el plazo de un año, quedando vinculado a la observancia del medio libre de Gendarmería de Chile, por medio del CRS de Los Ángeles, debiendo presentarse en
Texto Completo (Preview)
PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, diecisiete de junio de dos mil veintiuno. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: JAIME LEONARDO FUICA MARTÍNEZ RUC: 1900910451-0 RIT: 14771 - 2019 IMPUTADO: MARÍA ELIZABETH MUÑOZ PINTO C.I. 18.344.456-5 DELITO ROBO POR SORPRESA ARTICULO 436 INCISO 2° EN RELACIÓN AL 432, AMBOS DEL CÓDIGO PENAL PARTICIPACIÓN AUTORA G. DE DESARROLLO
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