Juzgado de Garantía de Linares.

MP C/ JUANA CARMEN MEZA LEIVA

Rol

O-5282-2020

Fecha

3 de junio de 2021

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: El día 07 de diciembre de 2020, aproximadamente a las 15:00 horas, en el domicilio ubicado en Sector MANTENCILLO ADENTRO, POBLACION LA CANCHA S/N°, de la comuna de Yerbas Buenas, la imputada JUANA CARMEN MEZA LEIVA agredió a su conviviente, la víctima, LUIS ERNESTO AGUILAR SANHUEZA, con un arma cortante, causándole lesiones clínicamente leves consistentes en herida de cinco por tres centímetros, compromete muslo, localizado en cara externa de muslo izquierdo Linares, tres de junio de dos mil veintiuno. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 1°, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 18, 21, 25, 49, 50, 67, 70, 399, 494 N° 5 del Código Penal; se declara: I.- Que se CONDENA a JUANA CARMEN MEZA LEIVA, ya individualizada, a la pena de multa a beneficio fiscal ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por la responsabilidad que le cabe como autora del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, hecho perpetrado en la comuna de Yerbas Buenas con fecha 07 de diciembre del año 2020. II.- Para el pago de la multa, se le abona a la imputada los días que ha estado privada de libertad en esta causa, según consta en acta TXMXVCQBXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 17:00:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl de audiencia de fecha 08 de diciembre de 2020 y 29 de marzo de 2021, por lo que queda obligada a pagar UNA UTM más 1/3 de UTM, la que se autoriza el pago de la multa en NUEVE PARCIALIDAD

Fundamentos

Considerando la renuncia de la sentenciada a la realización de un juicio oral así como la naturaleza de su representación, se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese. Ruc N° 2010064568-9 Rit N° 5282-2020 TXMXVCQBXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 17:00:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Dictada por doña EVELYN PÉREZ JAÑA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Linares. SE DEJA CONSTANCIA QUE EL CONTENIDO ÍNTEGRO DE LA SENTENCIA SE ENCUENTRA REGISTRADO EN EL SISTEMA DE AUDIO DE ESTE JUZGADO DE GARANTÍA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 41 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. TXMXVCQBXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 17:00:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-06-22T17:03:05-0400 Corte Suprema Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Verificación Legal

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a JUANA CARMEN MEZA LEIVA, ya individualizada, a la pena de multa a beneficio fiscal ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por la responsabilidad que le cabe como autora del delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, hecho perpetrado en la comuna de Yerbas Buenas con fecha 07 de diciembre del año 2020. II.- Para el pago de la multa, se le abona a la imputada los días que ha estado privada de libertad en esta causa, según consta en acta TXMXVCQBXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 22/06/2021 17:00:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl de audiencia de fecha 08 de diciembre de 2020 y 29 de marzo de 2021, por lo que queda obligada a pagar UNA UTM más 1/3 de UTM, la que se autoriza el pago de la multa en NUEVE PARCIALIDADES iguales, mensuales y sucesivas, debiendo pagarse la primera de estas cuotas dentro de los cinco primeros días del mes siguiente de ejecutoriada la presente sentencia y las posteriores dentro de la misma fecha de los meses qu

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RUC : 2010064568-9 RIT : 5282-2020 DELITO : Lesiones menos graves en VIF GRADO DESARROLLO: Consumado. IMPUTADA : JUANA CARMEN MEZA LEIVA RUT N° : 14.055.800-1 DOMICILIO : Sector Orilla de Maule, Km. 16 Yerbas Buenas FISCAL : Paulina Salazar Hernández DEFENSOR : Francisco Flores Whipple PROCEDIMIENTO : Simplificado ATENUANTES : Artículo 11 N° 9 del Código Penal. AGRAVANTES : Artículo 12 N° 16 Cód

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