Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ DIEGO ARMANDO CARVAJAL CARVAJAL

Rol

O-7000-2019

Fecha

16 de junio de 2021

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día el día 24 de octubre del año 2019, a las 02:25 horas Carabineros concurrieron al servicentro Punto Copec ubicado en Panamericana Sur N°255, comuna de Copiapó, debido a que sujetos desconocidos ingresaron mediante un forado al interior del local y sustrajeron diversas especies. Personal de Carabineros, al momento de inspeccionar el lugar, se percataron que en el sector del portón que resguarda la tienda Punto Copec, específicamente en la vía pública, se encontraban los requeridos DIEGO ARMANDO CARVAJAL CARVAJAL y JEAN PIERRE ALEXANDER LEON MELO, quienes mantenía en su poder diversas especies de propiedad de la tienda consistentes en 02 cajas contenedoras de Brownie, 02 cajas contenedoras de galletas de avena, 01 six pack de te Lipton y 01 caja de galletas y bebidas en lata, quienes al ver la presencia de Carabineros, las arrojaron al piso para luego, darse a la fuga del lugar, siendo detenidos en las inmediaciones del sitio del suceso. Los requeridos mantenían dichas especies, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de estas. SE DECLARA: I. Que se condena a DIEGO ARMANDO CARVAJAL CARVAJAL, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de RECEPTACION. ART. 456 BIS A., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el día 24 de octubre de 2019, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS (41) DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. AMBAS penas se le tendrán por cumplidas, por el mayor lapso que se has encontrado privado de libertad en esta causa, primero en prisión preventiva y luego arresto domiciliario parcial nocturno. III. Se EXIME del pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el KHZWVXDDHX Víctor Manuel Santana Escobar Juez de garantía Fecha: 16/06/2021 15:38:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. nt

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a DIEGO ARMANDO CARVAJAL CARVAJAL, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de RECEPTACION. ART. 456 BIS A., grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el día 24 de octubre de 2019, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS (41) DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, MULTA de UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II. AMBAS penas se le tendrán por cumplidas, por el mayor lapso que se has encontrado privado de libertad en esta causa, primero en prisión preventiva y luego arresto domiciliario parcial nocturno. III. Se EXIME del pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el KHZWVXDDHX Víctor Manuel Santana Escobar Juez de garantía Fecha: 16/06/2021 15:38:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el regi

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., dieciséis de junio de dos mil veintiuno TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: VÍCTOR MANUEL SANTANA ESCOBAR RUC: 1901147740-5 RIT: 7000 - 2019 IMPUTADO: DIEGO ARMANDO CARVAJAL CARVAJAL C.I. 0016250125-9 FECHA DE NAC. 10 de septiembre de 1986 DIRECCION Calle AVENIDA PERU 1061 . fen 9-62728611 COMUN A: Dieg

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