MP COQBO C/ DIEGO ARTURO ARACENA JOFRÉ
Rol
O-4863-2020
Fecha
14 de junio de 2021
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317., MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR, OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 01 de agosto de 2020, a las 17:00 horas aproximadamente, el acusado DIEGO ARTURO ARACENA JOFRE, fue sorprendido por personal de carabineros en la vía pública, específicamente en la intersección de Avenida Guanaqueros con calle Albino Tapia, localidad de Tongoy, Coquimbo, sin portar mascarilla de seguridad ni portar permiso temporal para transitar en la vía pública, infringiendo así respectivamente, la Resolución Exenta N° 591 y N° 593 del Ministerio de Salud de Chile, decretadas por la autoridad en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, y que fueron debidamente publicada en el Diario Oficial, poniendo con ello en peligro la salud pública atendida la crisis sanitaria en que se encuentra el territorio nacional a raíz del virus COVID-19, declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud con fecha 11 de marzo de 2020. A su vez, en ese mismo contexto mientras era fiscalizado, el acusado se negó a identificarse y entregar su cédula de identidad, para luego lanzar su carnet y huir del lugar, siendo posteriormente detenido en las inmediaciones del lugar, manteniéndose agresivo en todo momento al oponer tenaz resistencia y forcejeando con el personal en ejercicio de sus funciones, propinándole un golpe al Sargento 2° Enzo Escobar Carvajal resultando con lesiones de carácter leves consistentes en contusión región frontal; doblándole un dedo de la mano al carabinero Felipe Collao Morgado, resultando con lesiones de carácter leves consistentes en luxación de metacarpos de mano derecha; y propinando golpes al carabinero Claudio Álvarez Paredes, resultando con lesiones clínicamente de carácter menos graves consistentes en esguince y torcedura de dedo de la mano. B.- SENTENCIA: Coquimbo, catorce de junio de dos mil veintiuno. Se deja constancia expresa que los
Fundamentos
fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7,11 N°6 Y 9, 15 N° 1, 21,30,49,50,67, 69,70, 318 Y Código Penal; artículo 416 bis N°4 del Código de Justicia Militar , artículos 30,36,45,348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal SE DECLARA: I.-Que se absuelve a DIEGO ARTURO ARACENA JOFRE, cedula de identidad N° 17.906.197-K de los cargos atribuidos de ser autor de una falta de ocultación de identidad supuestamente ocurrida el día 01 de agosto de 2020. II.- Que se condena, a DIEGO ARTURO ARACENA JOFRE, cedula de identidad N° 17.906.197-K, ya individualizado A SUFRIR TRES PENAS DE 41 DÍAS DE PRISION Y SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO RSNVVXTXDG Carolina Andrea Baroncini Galvez Juez de garantía Fecha: 15/06/2021 12:54:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl DURANTE EL TIEMPO DE SU CONDENA por su responsabilidad en calidad de autor de un delito reiterado de maltrato de obra a Carabineros en servicio con resultado de lesiones leves , perpetrado en esta comuna el día 01 de agosto 2020. III.- Qu
Texto Completo (Preview)
A.- HECHOS: El día 01 de agosto de 2020, a las 17:00 horas aproximadamente, el acusado DIEGO ARTURO ARACENA JOFRE, fue sorprendido por personal de carabineros en la vía pública, específicamente en la intersección de Avenida Guanaqueros con calle Albino Tapia, localidad de Tongoy, Coquimbo, sin portar mascarilla de seguridad ni portar permiso temporal para transitar en la vía pública, infringiendo
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