FISCALIA POZO ALMONTE C/ GABRIELA ROLLANO QUIROGA
Rol
O-2213-2020
Fecha
14 de junio de 2021
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Que se condena a la imputada GABRIELA ROLLANO QUIROGA, cédula de identidad chilena para extranjeros N°14.878.542-2, de nacionalidad boliviana y domiciliada para estos efectos en calle Sagasca N° 38, comuna de Pozo Almonte, como autora del delito consumado de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, PREVISTO Y SANCIONADO EN LOS ARTÍCULOS 3 Y 1 DE LA LEY 20.000, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 12 de octubre del año 2020, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 3 años y 1 día Presidio menor en su grado máximo 240 días Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Expulsión 10 años CP Alto Hospicio Observación: a) Que cumpliéndose los requisitos del artículo 34 de la ley 18.216, se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad, por la de expulsión del territorio nacional prevista en la citada norma, al que no podrá regresar dentro de un lapso de diez años contados desde la fecha en que se encuentre firme y ejecutoriada la presente sentencia, debiendo ejecutarse la sanción por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior y Seguridad Pública a través de la Intendencia Regional, dentro de un plazo de 30 días siguientes a la notificación del cúmplase del
Fallo
fallo al Ministerio indicado. La entidad deberá informar a este juzgado, con la debida antelación la fecha en que se efectuará la expulsión a fin de ponerla en conocimiento de la sentenciada. b) La sentenciada, de acuerdo a los artículos 34 de la ley 18.216 y 49 inciso segundo de su reglamento, permanecerá internada en el penal en el que ha estado cumpliendo la medida cautelar de prisión preventiva impuesta, debiendo oficiarse al jefe del Complejo Penitenciario respectivo, para comunicarle que queda bajo la protección de Gendarmería de Chile a contar de esta fecha, sirviendo la unidad respectiva como centro de internación, quedando sujeta a sus normas reglamentarias. ELXYXZFGXX Daniela Criss Gutierrez Albornoz Juez de garantía Fecha: 14/06/2021 18:12:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl . c) Se hace presente para los efectos a que haya lugar, en especial a lo dispuesto en el artículo 26 de la ley 18.216, que la imputada ha permanecido privada de libertad en esta causa, sujeta a la medida cautelar de prisión preventiva, desde
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. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrad
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