C/ JUAN LUIS CORNEJO SALDÍVAR
Rol
O-9916-2020
Fecha
10 de junio de 2021
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317., ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos : El día 06/07/2020, alrededor de las 13:10 horas aproximadamente, en las inmediaciones de calle Grajales en la comuna de Santiago, el acusado JUAN LUIS CORNEJO SALDÍVAR, previamente concertado con otros 2 sujetos, abordaron de forma sorpresiva a la víctima don YO TIAM TIM, y mientras hablaba por su teléfono celular marca Apple, modelo iPhone 11, el acusado JUAN LUIS CORNEJO SALDÍVAR junto a un segundo sujeto se lo arrebataron rápidamente de las manos, dándose a la fuga con la especie en su poder, mientras el tercer sujeto, empujó a la víctima, cayendo ésta al suelo, facilitando la huida del acusado, el que fue detenido en las inmediaciones con la especie en su poder. Con esta conducta el imputado además infringe la medida sanitara decretada, bajo el estado de excepción constitucional de Catástrofe, por la autoridad competente, poniendo en peligro la salud pública. La medida sanitaria infringida fue dispuesta para evitar la propagación del virus EEWXZJPZV MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Juez de garantía Fecha: 14/06/2021 15:37:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl denominado coronavirus -2 que produce la enfermedad Coronavirus 19 o Covid-19, consistente en medida de aislamiento total para todas las comunas que componen el Gran Santiago según resolución exenta de la autoridad sanitaria. SE DECLARA: I.- Que se condena a JUAN LUIS CORNEJO SALDÍVAR, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JUAN LUIS CORNEJO SALDÍVAR, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de ROBO POR SORPRESA, previsto y sancionado en el previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2°, en relación al artículo 432, ambos del Código Penal, en grado de ejecución de consumado, cometido el día 06 de julio de 2020, en la comuna de Santiago. II.- Que se condena a JUAN LUIS CORNEJO SALDÍVAR a la pena de multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autor del delito contra la salud pública, previsto y sancionado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado de ejecución de consumado, cometido el 06 de julio de 2020, en la comuna de Santiago. III.-. Que dado el tiempo en que el imputado permaneció bajo la medida cautelar de arresto domiciliario total, ininterrumpidamente por esta causa, esto es, desde el 07-07-2020 a la fecha, se dan por cumplidas ambas penas, tanto la privativa de libertad, como la pena pecuniaria. VI.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado VII.- Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes no renunciaron a los plazo
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PROCEDIMIENTO Simplificado. FECHA: Santiago., diez de junio de dos mil veintiuno TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA RUC: 2000680635-0 RIT: 9916 - 2020 IMPUTADO: JUAN LUIS CORNEJO SALDÍVAR C.I. 0019375080-K DELITO Dos Delitos de ROBO POR SORPRESA/ contra la Salud Publica ARTICULO previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 2°, en relación
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