9º Juzgado de Garantía de Santiago

DIEGO HUMBERTO GUZMAN ROJAS C/ NICOLÁS IGNACIO CORREA LÓPEZ

Rol

O-3643-2019

Fecha

9 de junio de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido el Juez): El 15 de Abril de 2019, alrededor de las 22:35 horas en la intersección de las calles Aves del Paraíso con calle San Francisco de Asís, comuna de Maipú, el acusado RONY ALEJANDRO HERRERA FIGUEROA procedió a vender droga a un tercero droga, encontrando funcionarios de carabineros, luego de presenciar el hecho, en poder del acusado, la cantidad de 76 envoltorios de pasta base, los cuales tuvieron un peso bruto de 11 gramos 600 miligramos, siendo levantada bajo NUE 4030346 y, asimismo, la suma de $ 14.000.- levantada bajo NUE 4030347. Cabe agregar, que al tercero que había comprado la droga se le encontraron dos envoltorios de papel cuadriculado con pasta base con un peso bruto de 300 miligramos, levantadas bajo NUE 4030345. Modificatorias de responsabilidad penal: Artículo 11 N° 9 del Código Penal. Resolución: i.- Se condena a RONY ALEJANDRO HERRERA FIGUEROA, antes individualizado, como autor del delito de trafico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena y comiso y destrucción de todas las especies incautada en este procedimiento. ii.- Que la pena corporal regulada en la sentencia será sustituida por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, que cumplirá el condenado en el interior de su domicilio ubicado en Pasaje TRES MARIAS Nº 228 de la comuna de Pudahuel entre las 22:00 horas y las 6:00 horas. Pena sustitutiva que será fiscalizada mediante sistema de monitoreo telemático de Gendarmería de Chile. El incumplimiento de la pena sustitutiva dara lugar a su revocación y al cumplimiento efectivo de la pena regulada en esta sentencia. iii.- Que para el cumplimiento de la pena de comiso, el Tribunal faculta expresamente al Ministerio Publico conforme lo prevé el artículo 469 para que proceda a la consignación de los dineros en la cuenta corri

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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago, nueve de junio de dos mil veintiuno TRIBUNAL: 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: CLAUDIA CRISTINA BURGOS SANHUEZA RUC: 1900407356-0 RIT: 3643 - 2019 IMPUTADO: RONY AL

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