XIOMARA ALEJANDRA NAVARRO ZAPATA C/ OSCAR ALEXIS QUEZADA GÓMEZ
Rol
O-6741-2020
Fecha
7 de junio de 2021
Materia
LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS El día 02 de Diciembre del 2020, en horas de la madrugada, el imputado Oscar Quezada Gómez, llega al domicilio ubicado en pasaje Vuk N° 1213, Pudahuel, ebrio y drogado, portando un cuchillo tipo cocinero el cual dejó escondido en la cama, para luego dormirse junto a su conviviente doña Xiomara Navarro Zapata. Luego, cerca de las 07.30 horas la Sra. Navarro intenta salir a trabajar, por lo que el imputado le arrebata su celular y al tratar ésta de recuperarlo, el acusado extrae el cuchillo dándole una estocada en uno de sus muslos, resultado ella con herida cortante por arma blanca, gran hematoma y sangrado, en su muslo derecho, que ocasionó un tiempo de incapacidad entre 30 a 35 días, según lo informado por el servicio médico legal. SANTIAGO, a siete de junio de dos mil veintiuno. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nº 9, 18, 21, 30, 50, 68, 68 bis, 397, 400 del Código Penal; artículo 5 de la ley 20.066, artículos 36, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, y artículo 8° de la Ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, se CONDENA, sin costas, a OSCAR ALEXIS QUEZADA GÓMEZ, cédula de identidad N° 18.513.147-5, domiciliado en Pasaje vuk N° 1213, comuna de Pudahuel, a la pena de SETECIENTOS DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en los artículos 397 N° 2 del Código Penal y 5 de la ley 20.066. Que se impondrá la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, que cumplirá desde las 22 a las 6 horas en su domicilio ubicado en Pasaje vuk N° 1213, comuna de Pudahuel, por igual período total de la pena corporal originalmente impuesta,
Fundamentos
CONSIDERANDO COMO ABONO A DICHO CÓMPUTO LOS 187 DÍAS que estuvo privado de libertad con ocasión de esta causa, desde el día 02 de diciembre de 2020 al 07 de junio de 2021. Que esta pena será controlada a través de monitoreo telemático. Que se impone además, la prohibición de acercarse a la ofendida doña XIOMARA ALEJANDRA NAVARRO ZAPATA, su domicilio ubicado en EPU 3588, Puente Alto, o cualquier lugar en que esta se encuentre, durante dos años. Que ha de someterse a un tratamiento de consumo de drogas, para cuyos efectos será derivado al centro pertinente. Encontrándose ejecutoriada esta sentencia, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, remitiéndose los oficios respectivos. Fíjese audiencia de seguimiento a fin de controlar el cumplimiento de las penas accesorias impuestas. Dictada por doña María Francisca Zapata García Juez Titular del 1° Juzgado de Garantía de Santiago. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS Y RECURSOS LEGALES SE DEJA CONSTANCIA QUE EL CONTENIDO INTEGRO DE LA SENTENCIA SE ENCUENTRA REGISTRADO EN EL SISTEMA DE AUDIO DE ESTE JUZGADO DE GARANTIA, EN CUMPLIMIENTO DEL ART. 41 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL XFVTXYXMVX MARIA FRANCISCA ZAPATA GARCIA Juez de garantía Fecha: 10/06/2021 17:04:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-06-10T17:04:59-0400 Corte Suprema MARIA FRANCISCA ZAPATA GARCIA Verificación Legal
Fallo
SE DECLARA: I. Que, se CONDENA, sin costas, a OSCAR ALEXIS QUEZADA GÓMEZ, cédula de identidad N° 18.513.147-5, domiciliado en Pasaje vuk N° 1213, comuna de Pudahuel, a la pena de SETECIENTOS DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en los artículos 397 N° 2 del Código Penal y 5 de la ley 20.066. Que se impondrá la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, que cumplirá desde las 22 a las 6 horas en su domicilio ubicado en Pasaje vuk N° 1213, comuna de Pudahuel, por igual período total de la pena corporal originalmente impuesta, CONSIDERANDO COMO ABONO A DICHO CÓMPUTO LOS 187 DÍAS que estuvo privado de libertad con ocasión de esta causa, desde el día 02 de diciembre de 2020 al 07 de junio de 2021. Que esta pena será controlada a través de monitoreo telemático. Que se impone además, la prohibición de acercarse a la ofendida doña XIOMARA ALEJANDRA NAVARRO ZAPATA, su domicilio ubicado en EPU 3588, Puente Alto, o cualquier lugar en que esta se encuentre, durante dos años. Que ha de someterse a un tratamiento de consumo de drogas, para cuyos efectos será derivado al centro pertinente. Encontrándose ejecutoriada esta sentencia, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, remitiéndose los oficios respectivos. Fíjese audiencia de seguimiento a fin de controlar el cumplimiento de la
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PODER JUDICIAL RUC : 2001214467-K RIT : 6741 - 2020 DELITO : LESIONES GRAVES IMPUTADO : OSCAR ALEXIS QUEZADA GÓMEZ CEDULA DE IDENTIDAD : 18.513.147-5 DOMICILIO : Pasaje vuk N° 1213, comuna de Pudahuel. FISCAL : MARCELO SOTO ALVAREZ DEFENSOR : MARIANO ANDRÉS GEOFFROY CASTRO PROCEDIMIENTO : ABREVIADO ATENUANTES : 11 N° 9 del Código Penal AGRAVANTES : No HECHOS ACREDITADOS El día 02 de Diciembre del
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