CAMPOS/SERVICIOS DE ASEO Y GESTION INTEGRAL MACROCLEAN SPA
Rol
M-1389-2020
Fecha
9 de febrero de 2021
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA SOLIDARIA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA SOLIDARIA X SENTENCIA x Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada FALABELLA S.A. y tiene por contestada la demanda interpuesta. Se deja constancia que la demandada SERVICIOS DE ASEO Y GESTION INTEGRAL MACROCLEAN SPA no ha comparecido a la presente audiencia, pese encontrarse legalmente notificada y no ha contestado la demanda, trámite que se tiene evacuado en su rebeldía. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación en la suma de $350.000. La parte demandante fija sus pretensiones en la suma de $350.000. Por su parte la demandada señala que no tiene instrucciones para llegar a acuerdo. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Existencia de una relación laboral. Para el caso afirmativo, fecha de inicio, término, condición de remuneración pactada. 2)
Fundamentos
Motivos que dieron origen al término de la relación laboral. Hechos y circunstancias. 3) Prestaciones adeudadas. Fundamento y monto. 4) Período por el cual se extendería el ítem denominado lucro cesante. Hechos y circunstancias. 5) Efectividad de haber prestado servicios la demandante bajo régimen de subcontratación para FALABALELLA S.A.. Para el caso afirmativo, periodo por el que sería responsable y haber hecho uso de sus derechos de información y retención Medios de Prueba: La parte demandada FALABELLA S.A. ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Cesión de contrato suscrito entre S.A.C.I. Falabella a Falabella Retail S.A., de fecha 01 de septiembre de 2008. 4 hojas. 2) Contrato de prestación de servicios de aseo entre Servicios Generales Puente Ltda. y, la demandada principal de fecha 21 de diciembre de 2016. 13 hojas. 3) Consulta de situación tributaria de terceros obtenida desde la página web el Servicio de Impuestos Internos correspondiente a la empresa Falabella Retail S.A. de fecha 10 de agosto de 2020. 2 hojas. 4) Consulta de situación tributaria de terceros obtenida desde la página web del Servicio de Impuestos Internos correspondiente a la empresa Macroclean SpA de fecha 30 de noviembre de 2020. 1 hoja. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandada. La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato individual de trabajo de la demandante de fecha 02 de mayo de 2019, y sus anexos de fecha 02 de mayo de 2019 y 01 de agosto de 2019. 2) Comprobante de pago de cotizaciones de la demandante correspondiente al periodo de mayo a diciembre de 2019 y enero a febrero de 2020. 3) Carta de aviso de terminación del contrato de trabajo, emitida por Marco Alarcón López representante legal de la demandada MacroClean Spa. 4) Reglamento para empresas contratistas, subcontratistas y de servicios transitorios de Falabella. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante. Confesional: Los representantes legales de ambas demandadas no comparecen a absolver posiciones. La parte demandante solicita se haga efectivo apercibimiento del artículo 454 Nº 3 del Código del Trabajo. El Tribunal confiere traslado a FALABELLA S.A. y resolverá el apercibimiento en sentencia definitiva. Testimonial: Declararon los siguientes testigos, quienes legalmente juramentados exponen sobre los hechos que constan en registro de audio: 1) Verónica Fabiola Bailaba Gutiérrez, cédula de Identidad N°24.665.112-4; 2) Karen Karina Brito Soto, cédula de identidad N°23.951.376-K. Exhibición de documentos: La parte demandante solicita que las demandadas le exhiban los siguientes documentos: 1) Libro de asistencia correspondiente al periodo de mayo del 2019 hasta marzo de 2020. Solo respecto de la demandada SERVICIOS DE ASEO Y GESTION INTEGRAL MACROCLEAN SPA. 2) Cualquier documento de naturaleza contractual, sean preparatorios, contractuales propia
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña AMALIA CAMPOS FERNANDEZ, cédula de identidad Nº 25.266.471-8 en contra de su ex empleador SERVICIOS DE ASEO Y GESTION INTEGRAL MACROCLEAN SPA , RUT 76.232.707-4, representada legalmente por don Marco Antonio Alarcón López cédula de identidad N° 7.621.639-8 y se declara en consecuencia una relación laboral entre las partes desde el día 2 de mayo del 2019 al 31 de marzo del 2020 y que la causal de despido invocada, el artículo 159 N° 6 del Código del Trabajo no fue acreditada por la parte demandada, razón por la cual se declara injustificado dicho termino y por lo tanto la existencia de despido injustificado y con ello se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones: $427.000.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo II. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de $142.332.- por concepto de indemnización del lucro cesante. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de $284.667.- por concepto de remuneración por 20 días trabajados en marzo de 2020. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de $284.667.- por concepto de feriado proporcional. III. Que se rechaza la demanda en cuanto se solicita que se declare la existencia de subcontratación respecto de FALABELLA S.A., RUT 90.749.000-9, representada legalmente por don Gastón Botazzini, RUT 22.923.569-9 IV. Que las sumas que se ordene pagar se reajustarán y devengarán intereses de conformidad a los
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 09 DE FEBRERO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 10 (VIRTUAL) RUC 20-4-0269251-1 RIT M-1389-2020 MAGISTRADO CRISTIAN ALVAREZ MERCADO ADMINISTRATIVA DE ACTAS JAVIERA PAZ CARSALADE MARTÍNEZ HORA DE INICIO 12.31 HORAS HORA DE TÉRMINO 13.46 HORAS Nº REG
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