3º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ GISELA ANDREA PASTÉN SAAVEDRA

Rol

O-7691-2019

Fecha

27 de mayo de 2021

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: “Que el día 12 de diciembre de 2019, a las 13:30 horas aproximadamente, en calle Rivera al llegar a calle Coronel Agustín López de Alcázar en la comuna de Independencia, la imputada arrojo una piedra en contra del parabrisas del vehículo marca Chevrolet modelo corval, placa patente única JKSC-57, quebrando el referido parabrisas, causando daños en la suma de $150.000, el vehículo es de propiedad de la víctima don Jaime Gensen González.” Santiago, a veintisiete de Mayo del año dos mil veintiuno. OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: En virtud, además, de lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 49, 51, 68, 69, 70 y 487 del Código Penal; y 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Se Resuelve: I. Se condena a GISELA ANDREA PASTÉN SAAVEDRA, C.I. N°13.888.269-1, ya individualizada, por su responsabilidad como autora del delito consumado de Daños simples, ilícito descrito y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, hecho cometido en la comuna de Independencia el día 12.12.19, imponiéndole la sanción pecuniaria de Un tercio de Una Unidad Tributaria Mensual. Se hace presente que la sanción impuesta por el delito de Daños Simples se le tiene por íntegramente cumplida a la sentenciada de conformidad al patrón sustitutivo del artículo 49 del Código Penal con cargo al día de su detención controlada en audiencia de fecha 13.12.19. II. Se le exime del pago de las costas de la causa. YGCFXVKFYR PAULA ANDREA BRITO CASTRO Juez de garantía Fecha: 02/06/2021 18:37:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w

Fallo

Se Resuelve: I. Se condena a GISELA ANDREA PASTÉN SAAVEDRA, C.I. N°13.888.269-1, ya individualizada, por su responsabilidad como autora del delito consumado de Daños simples, ilícito descrito y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, hecho cometido en la comuna de Independencia el día 12.12.19, imponiéndole la sanción pecuniaria de Un tercio de Una Unidad Tributaria Mensual. Se hace presente que la sanción impuesta por el delito de Daños Simples se le tiene por íntegramente cumplida a la sentenciada de conformidad al patrón sustitutivo del artículo 49 del Código Penal con cargo al día de su detención controlada en audiencia de fecha 13.12.19. II. Se le exime del pago de las costas de la causa. YGCFXVKFYR PAULA ANDREA BRITO CASTRO Juez de garantía Fecha: 02/06/2021 18:37:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Habiendo los intervinientes renunciado a los recursos legales de impugnación, certifíquese que la sentencia se encuentra ejecutoriada y cúmplase lo indicado en el artículo 468 del Código Procesal Penal. DICTADA POR

Texto Completo (Preview)

3º JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1901345998-6 RIT : 7691-2019 MATERIA : DAÑOS SIMPLES SENTENCIADA : GISELA ANDREA PASTÉN SAAVEDRA, C. I. N° 13.888.269-1, fecha de nacimiento 08-09-1980, 39 años de edad, domicilio calle Principal 920, Block 49, departamento 13, comuna de Independencia. RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO ATENUANTES : ARTÍCULO 11 Nº 9 DEL CÓDIGO P

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