2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ BEQUENBAWER FERNANDEZ

Rol

O-561-2019

Fecha

2 de junio de 2021

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: El día 24 de noviembre de 2018, siendo las 18:20 horas aproximadamente, en calle Toconce casi en la intersección con pasaje Ollague en la comuna de Quilicura, el acusado BEQUENBAWER FERNANDEZ portaba un arma de fuego, tipo revolver calibre punto 38, número de serie borrada, en cuyo interior mantenía 5 cartuchos calibre punto 38, tres de los cuales estaban sin percutir, 1 de percutido y 1 con daños en su culote sin percutir, arma respecto de fuego apta para el disparo y respecto de la cual no tenía permiso para pórtala. Además al momento de ser sorprendido por funcionarios de Carabineros de Chile, el acusado los amenazó con agredirlos, apuntando con el arma a los funcionarios Rodolfo Navarro Velázquez y don Ángelo Hernández Hernández. Los hechos anteriormente descritos son, a juicio del ente persecutor, constitutivos del delito de PORTE DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA, previsto y sancionado en el artículo 14° en relación al artículo 3° de la ley la Ley N° 17.798 sobre Control de Armas y del delito de AMENAZAS A FUNCIONARIO DE CARABINEROS EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, delitos que se encuentran en grado de desarrollo consumado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 del Código Penal, atribuyendo al acusado, según lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal, una participación en calidad de autor ejecutor en los delitos que se le imputan, toda vez que ha tomado parte de manera inmediata y directa en la ejecución de los hechos. No invocando circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, solicita se imponga al acusado BEQUENBAWER FERNANDEZ la pena de 5 AÑOS y 1 DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego y la pena de 540 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO como autor del delito de amenazas a MARIANNE BARRIOS SOCIAS Juez Integrante Fecha: 02/06/2021 11:51:04 HZXXXVBCDX NELSON ANDRES GONZALEZ VALENZUELA Juez Redactor Fe

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que los días veintisiete y veintiocho de mayo del presente año, ante los jueces don Marcelo Rojas Arenas, doña Marianne Barrios Socías y don Nelson González Valenzuela, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT N° 561- 2019, de este Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, seguida en contra de BEQUENBAWER FERNANDEZ, Cédula de Identidad Nº 14.862.344-9, colombiano, nacido el 12 de Julio de 1981, 40 años, soltero, feriante, domiciliado en Pasaje Ollague, block 524, departamento C12, comuna de Quilicura, actualmente privado de libertad por la presente causa, representado por la defensoría penal pública Claudia Poblete Frez, con domicilio y correo electrónico registrados en el Tribunal. Fue parte acusadora en este juicio el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto don Ulises Berríos Tapia, cuyos datos también se encuentran en el registro del tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que el Ministerio Público fundó la acusación deducida en contra del imputado antes individualizado, según se lee en el auto de apertura de juicio oral, en los siguientes hechos: El día 24 de noviembre de 2018, siendo las 18:20 horas aproximadamente, en calle Toconce casi en la intersección con pasaje Ollague en la comuna de Quilicura, el acusado BEQUENBAWER FERNANDEZ portaba un arma de fuego, tipo revolver calibre punto 38, número de serie borrada, en cuyo interior mantenía 5 cartuchos calibre punto 38, tres de los cuales estaban sin percutir, 1 de percutido y 1 con daños en su culote sin percutir, arma respecto de fuego apta para el disparo y respecto de la cual no tenía permiso para pórtala. Además al momento de ser sorprendido por funcionarios de Carabineros de Chile, el acusado los amenazó con agredirlos, apuntando con el arma a los funcionarios Rodolfo Navarro Velázquez y don Ángelo Hernández Hernández. Los hechos anteriormente descritos son, a juicio del ente persecutor, constitutivos del delito de PORTE DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA, previsto y sancionado en el artículo 14° en relación al artículo 3° de la ley la Ley N° 17.798 sobre Control de Armas y del delito de AMENAZAS A FUNCIONARIO DE CARABINEROS EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, delitos que se encuentran en grado de desarrollo consumado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 del Código Penal, atribuyendo al acusado, según lo dispuesto en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal, una participación en calidad de autor ejecutor en los delitos que se le imputan, toda vez que ha tomado parte de manera inmediata y directa en la ejecución de los hechos. No invocando circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, solicita se imponga al acusado BEQUENBAWER FERNANDEZ la pena de 5 AÑOS y 1 DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego y la pena de 540 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO como autor del delito de

Fallo

por tanto, las municiones que contenía estaban en condiciones de ser disparadas, siendo ello refrendado al serles exhibidas imágenes de tales objetos en las fotografías 1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de los otros medios de prueba N° 3. De esta forma, los testigos antes identificados clarifican al Tribunal que el origen del procedimiento policial se ha amparado en la observación directa por parte de aquellos, de un sujeto en posesión de un arma de fuego en la vía pública, la que intentó utilizar en contra de los policías, lo que dio lugar a la ratificación de la entidad de tal artefacto, por medio de una revisión inmediata luego de ser reducido su portador, comprobándose asimismo la existencia de municiones en el interior del arma. Establecida entonces la dinámica a través de la cual se explican los motivos para que policías aprehendan a un individuo en la vía pública, resulta necesario ahondar acerca de la denominación, características y funcionamiento de los objetos incautados y que los testigos policiales describieron como un revólver y municiones en distinto estado. Sobre este tópico, no MARIANNE BARRIOS SOCIAS Juez Integrante Fecha: 02/06/2021 11:51:04 HZXXXVBCDX NELSON ANDRES GONZALEZ VALENZUELA Juez Redactor Fecha: 02/06/2021 13:03:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile

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Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santiago - 1 - Santiago, dos de junio de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que los días veintisiete y veintiocho de mayo del presente año, ante los jueces don Marcelo Rojas Arenas, doña Marianne Barrios Socías y don Nelson González Valenzuela, se llevó a efecto la audiencia de juicio o

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