Juzgado de Garantía de Coquimbo.

MP COQUIMBO C/ MAURICIO ORLANDO GARCÍA QUEZADA

Rol

O-4587-2016

Fecha

1 de junio de 2021

Materia

DAÑOS SIMPLES., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El día 28 de agosto de 2016, a las 17:15 horas aproximadamente, en el local comercial "La Almeja Viuda", ubicado en la Avenida Costanera N° 62, Tongoy, Coquimbo, los imputados MAURICIO ORLANDO GARCIA QUEZADA t RAUL ENRIQUE SAAVEDRA ACEVEDO / DIEGO ARTURO ARACENA JOFRE y CRISTIAN FRANCISCO BASTIAS RAMOS, agredieron con golpes de pie, golpes de puño y con objetos contundentes a la víctima Anthony Alfredo Suazo Cortés, quien resultó con enrojecimiento y edema de la piel en cara posterior de antebrazo izquierdo, perdida de solución de continuidad de la piel de menos de 1 cms de diámetro en dorso de la mano derecha, en el cuello pequeñas lesiones aisladas enrojecidas, en la cara edema, equimosis de la región parietal izquierda y del pómulo y ángulo exte rno de ojo derecho, edema del cuero cabelludo en frente y región occipital, además de enrojecimiento de la piel de cara posterior de pierna izquierda, lesiones de mediana gravedad atendida la calidad de la víctima y circunstancias del hecho. Del mismo modo, los imputados ya individualizados, el mismo día, hora y lugar, rompieron y sacaron la puerta de ingreso del referido local comercial, que se encontraba a cargo de doña Rosa Victoria Flores Baeza, y rompieron jardineras, mesas, sillas, copas y vasos, causando daños avaluados en la suma de $ 500.000. B.- SENTENCIA: Coquimbo, a primero de junio de dos mil veintiuno. Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 50 a 52, 66 a 70, 103, 487 y 399 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se reconoce a los sentenciados MAURICIO ORLANDO GARCÍA QUEZADA y RAÚL ENRIQUE SAAVEDRA ACEVEDO las atenuantes del artículo 11 N° 6 y 9 del Código Penal, las cuales se califican para el artículo 68 bis del código citado y se les reconoce media prescripción del artículo 103 del Código Penal II.- Que se reconoce al sentenciado DIEGO ARTURO ARACENA JOFRE la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal la cual se califica para el artículo 68 bis del código citado y se le reconoce media prescripción del artículo 103 del Código Penal. QCRBXVKTQX Diego Francisco Rubi Araya Juez de garantía Fecha: 02/06/2021 13:35:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl III.- Que se condena, sin costas, a MAURICIO ORLANDO GARCÍA QUEZADA, RUT 16052705-6, nacido el 29 de enero de 1985, domiciliado en Calle Benita González Nº 679,

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: El día 28 de agosto de 2016, a las 17:15 horas aproximadamente, en el local comercial "La Almeja Viuda", ubicado en la Avenida Costanera N° 62, Tongoy, Coquimbo, los imputados MAURICIO ORLANDO GARCIA QUEZADA t RAUL ENRIQUE SAAVEDRA ACEVEDO / DIEGO ARTURO ARACENA JOFRE y CRISTIAN FRANCISCO BASTIAS RAMOS, agredieron con golpes de pie, golpes de puño y con objetos contundentes a la víctim

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