SOCIEDAD COMERCIAL Y DE INVERS C/ LUIS VALENTÍN TORRES ARTEAGA
Rol
O-145-2021
Fecha
1 de junio de 2021
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El imputado Luis Valentín Torres Arteaga en su calidad de contador prestó servicios para la empresa Sociedad Comercial e Inversiones Mediterráneo SpA, en adelante Sociedad SCM Spa, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Avenida Zapadores N° 0355 de la Comuna de Recoleta. En dichas funciones y aprovechándose de la confianza entregada por sus empleadores, y teniendo acceso a los talonarios de los cheques de la empresa, el imputado extendió la cantidad de 134 cheques de la cuenta corriente del Banco Security Nº 101175801, a nombre de Sociedad Comercial y de Inversiones Mediterráneo S.P.A, documentos que el imputado confeccionó, fingiendo la firma de giro de la socia autorizada para girar doña Maria del Carmen Urruticoechea Domínguez-Alcahud, suponiendo la intervención del titular, lo que era falso, adulterando los documentos. Los cheques fueron girados entre el 05 de enero del 2015 y 17 de marzo del 2017 y son los siguientes: N° SIGNADO N° DOCUMENTO BENEFICIARI FECHA EXTENSIÓN MONTO $ 1 6172972 LUIS TORRES A. 10.AGO.016 951.820 2 6172981 BANCO DE CHILE 17.AGO.016 1.097.594 3 6423770 LUIS TORRES A. 23.SEP.016 980.725 4 6769293 BANCO DE CHILE 27.OCT.016 854.790 5 6769294 BANCO ESTADO 27.OCT.016 753.032 6 6769301 LUIS TORRES A. 27.OCT.016 950.125 7 6992468 BANCO 11.NOV.016 752.030 VALERIA ALEJANDRA ALLIENDE LEIVA Juez Redactor Fecha: 01/06/2021 11:37:30 FBXTXVXDFX MATIAS FELIPE DE LA NOI MERINO Juez Presidente Fecha: 01/06/2021 13:39:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Poder Judicial Segundo Tribunal de Juic
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que los días veintiséis y veintisiete de junio del presente año, ante los jueces don Matías De la Noi Merino, quien la presidió, doña Marlene Lobos Vargas y doña Valeria Alliende Leiva, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en esta causa RIT N°145-2021, seguida en contra de LUIS VALENTÍN TORRES ARTEAGA, cédula nacional de identidad Nº 13.123.488-0, chileno, sin apodos, nacido en Puerto Cisnes el día 29 de octubre de 1976, 44 años, casado, contador, domiciliado en Calle Río Ñirihuao N°634 de Coyhaique. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público, representado por la fiscal adjunta doña Giovanna Herrera Andreucci; en representación de la parte querellante compareció el abogado don Gonzalo Aranda Harambou, en tanto la defensa del acusado estuvo a cargo de la defensora penal pública doña Silvia Clavero Urbina. SEGUNDO: Acusación. Que el ente persecutor fundó la acusación deducida en contra del imputado -a la cual se adhirió la parte querellante- según se lee en el auto de apertura de juicio oral, en los siguientes hechos: “El imputado Luis Valentín Torres Arteaga en su calidad de contador prestó servicios para la empresa Sociedad Comercial e Inversiones Mediterráneo SpA, en adelante Sociedad SCM Spa, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Avenida Zapadores N° 0355 de la Comuna de Recoleta. En dichas funciones y aprovechándose de la confianza entregada por sus empleadores, y teniendo acceso a los talonarios de los cheques de la empresa, el imputado extendió la cantidad de 134 cheques de la cuenta corriente del Banco Security Nº 101175801, a nombre de Sociedad Comercial y de Inversiones Mediterráneo S.P.A, documentos que el imputado confeccionó, fingiendo la firma de giro de la socia autorizada para girar doña Maria del Carmen Urruticoechea Domínguez-Alcahud, suponiendo la intervención del titular, lo que era falso, adulterando los documentos. Los cheques fueron girados entre el 05 de enero del 2015 y 17 de marzo del 2017 y son los siguientes: N° SIGNADO N° DOCUMENTO BENEFICIARI FECHA EXTENSIÓN MONTO $ 1 6172972 LUIS TORRES A. 10.AGO.016 951.820 2 6172981 BANCO DE CHILE 17.AGO.016 1.097.594 3 6423770 LUIS TORRES A. 23.SEP.016 980.725 4 6769293 BANCO DE CHILE 27.OCT.016 854.790 5 6769294 BANCO ESTADO 27.OCT.016 753.032 6 6769301 LUIS TORRES A. 27.OCT.016 950.125 7 6992468 BANCO 11.NOV.016 752.030 VALERIA ALEJANDRA ALLIENDE LEIVA Juez Redactor Fecha: 01/06/2021 11:37:30 FBXTXVXDFX MATIAS FELIPE DE LA NOI MERINO Juez Presidente Fecha: 01/06/2021 13:39:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos
Fallo
Por lo expuesto, habiéndose acreditado todos los elementos del tipo penal y la participación del acusado, pidió su condena. II.- Por su parte, el querellante sostuvo en lo sustancial compartir lo señalado por el Ministerio Público, en el sentido de que se ha rendido prueba suficiente para acreditar los presupuestos del hecho y la participación del acusado. También reconoció que el imputado declaró, reconoció su participación y rindió una prueba caligráfica, lo que contribuyó para establecer fehacientemente la persona que falsificó los cheques, pero que no aportó en cuanto al uso de estos. Aquí el perjuicio en el patrimonio de la víctima fue significativo, ya que durante casi dos años y reiteradamente se le defraudó. Con la lectura de las cartolas queda claro que la motivación fue solamente la ambición, ya que a medida que pasaba el tiempo, de dos cheques mensuales pasó a falsificar entre cinco a siete cheques con un mínimo de $800.000 pesos cada uno y hasta más de un millón. Además, el propio acusado dijo que el dinero obtenido por esta vía simplemente lo gastaba. Por ello, pidió considerar la extensión del daño causado. En razón de lo expuesto, solicitó la condena del acusado. III.- La defensa sostuvo que su intención ha sido esclarecer los hechos. Su representado declaró el día de hoy y participó de las primeras actuaciones de la investigación prestando declaración voluntariamente ante la Fiscalía el 01 de abril de 2019, y sin estar presente un defensor, se hizo respons
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Poder Judicial Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santiago - 1 - Santiago, uno de junio de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que los días veintiséis y veintisiete de junio del presente año, ante los jueces don Matías De la Noi Merino, quien la presidió, doña Marlene Lobos Vargas y doña Valeria Alliende Leiva, se llevó a
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