Juzgado de Garantía de Curico.

M.P. C/ EDUARDO ANDRÉS JARA ROMO

Rol

O-8397-2020

Fecha

25 de mayo de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos una trabajadora del referido local comercial quien denunció el hecho al personal policial y además siguieron al imputado hasta que fue detenido por personal policial, logrando ver cuando este se desprendía de las especies que había sustraído, siendo detenido por personal de Carabineros. S E D E C L A R A : I) Que, SE CONDENA a don EDUARDO ANDRÉS JARA ROMO, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el Artículo 446 Nº3 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en este territorio jurisdiccional el día 07 de noviembre de 2020, a sufrir la pena de SESENTA DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, más las accesorias legales del artículo 30 del cuerpo de normas citado, esto es, LA SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA y AL PAGO DE UNA MULTA DE dos tercios de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II) Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216 y, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado EDUARDO ANDRÉS JARA ROMO, SE SUSTITUYE el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de 80 HORAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL SANTIAGO SUR entre los días 10 y 11 de junio de 2021, bajo apercibimiento legal de detención en su contra. WBCNXXERYN Mauricio Andrés Aravena Gajardo Juez de garantía Fecha: 31/05/2021 13:51:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás in

Fallo

fallo ejecutoriado a contar de esta fecha. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE, en su oportunidad. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Hecho ello, remítanse los antecedentes al Juzgado de Garantía competente, en atención al domicilio y lugar de cumplimiento por parte del sentenciado, para que sea dicho Tribunal el que conozca de las cuestiones a que de lugar el cumplimiento de la pena impuesta. Dirigió la audiencia y resolvió - MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO, Juez de Garantía de Curicó. RUC: 2010059360-3 RIT: 8397 - 2020 “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. Certifico: Que la firma de la presente sentencia corresponde al Magistrado que la suscribe. Curicó, veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. FERNANDO MALDONADO BRAVO Ministro de Fe Juzgado de Garantía Curicó WBCNXXERYN Mauricio Andrés Aravena Gajardo Juez de garantía Fecha: 31/05/2021 13:51:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S al

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó, veinticinco de mayo de dos mil veintiuno Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO Imputado EDUARDO ANDRÉS JARA ROMO Cédula de identidad 17.229.855-9 Fecha de nacimiento 11 de diciembre de 1989 Profesión u oficio No indica Dirección Pasaje Mar de Japón Nº 1549, El Bosque, Santiago Delito HURTO SIMPLE Part

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