Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ JOSUE JHONATAN MONTOYA ZÁRATE

Rol

O-108-2021

Fecha

29 de mayo de 2021

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos siguientes, según se expresan en el respectivo auto de apertura: “Con fecha 31 de octubre de 2019, siendo aprox. las 03:00 horas, personal de carabineros sorprendió a los imputados en la Ruta 5 Norte, kilómetro 1355, manteniendo en su poder la camioneta Kia PPU CPLT.39, la cual mantenía encargo por robo, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del Francisco Javier Lanas Jopia Juez Integrante Fecha: 31/05/2021 13:46:01 Luz Adrina Oliva Chavez Juez Redactor Fecha: 31/05/2021 18:25:02 DGJLXVRYLX Israel Antonio Fuentes Gutierrez Juez Presidente Fecha: 01/06/2021 13:58:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 móvil, por cuanto al ser controlados, lo hacían con las luces apagadas y huyen del lugar, además que las chapas del vehículo y contacto se encontraban forzadas.” En opinión del Ministerio Público los referidos hechos son constitutivos del delito de receptación de vehículo motorizado, en grado de consumado, tipificado y sancionado en el artículo 456 Bis A inciso 3º del Código Penal, en los cuales se le atribuye al acusado participación en calidad de autor, toda vez que intervino en ellos mediante actos inmediatos y directos. Estimó en su acusación que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal respecto del encausado, por lo que solicitó se le condene a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, la sanción de multa de 10 unidades tributarias mensuales, accesorias legales y además las costas de la causa. El órgano persecutor señaló en su alegato de ap

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veinticuatro del presente mes y año, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces Israel Fuentes Gutiérrez, quien presidió, Luz Oliva Chávez y Francisco Lanas Jopia, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral celebrada a través de modalidad telemática, mediante la plataforma Zoom, respecto de la causa RUC 1901173823-3, RIT 108-2021, en contra de Josue Jhonatan Montoya Zárate, chileno, cédula nacional de identidad N°18.233.898-2, soltero, nacido en Antofagasta el 21 de octubre de 1992, 28 años, mecánico andamiero, con domicilio en calle Eduardo Lefort Nº 1670, Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por la fiscal adjunto de la Fiscalía Local Ana María Escobar González, mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo de la defensora penal licitada Margarita Angulo Huerta, ambas con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que el Ministerio Público fundó su acusación en los hechos siguientes, según se expresan en el respectivo auto de apertura: “Con fecha 31 de octubre de 2019, siendo aprox. las 03:00 horas, personal de carabineros sorprendió a los imputados en la Ruta 5 Norte, kilómetro 1355, manteniendo en su poder la camioneta Kia PPU CPLT.39, la cual mantenía encargo por robo, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen ilícito del Francisco Javier Lanas Jopia Juez Integrante Fecha: 31/05/2021 13:46:01 Luz Adrina Oliva Chavez Juez Redactor Fecha: 31/05/2021 18:25:02 DGJLXVRYLX Israel Antonio Fuentes Gutierrez Juez Presidente Fecha: 01/06/2021 13:58:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 móvil, por cuanto al ser controlados, lo hacían con las luces apagadas y huyen del lugar, además que las chapas del vehículo y contacto se encontraban forzadas.” En opinión del Ministerio Público los referidos hechos son constitutivos del delito de receptación de vehículo motorizado, en grado de consumado, tipificado y sancionado en el artículo 456 Bis A inciso 3º del Código Penal, en los cuales se le atribuye al acusado participación en calidad de autor, toda vez que intervino en ellos mediante actos inmediatos y directos. Estimó en su acusación que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal respecto del encausado, por lo que solicitó se le condene a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, la sanción de multa de 10 unidades tributarias mensuales, accesorias legales y además las costas de la causa. El ó

Fallo

fallo de marras. La declaración señalada se practicó con las debidas garantías que ofrece la contradictoriedad y publicidad de la audiencia, no existiendo razones objetivas o subjetivas que hicieran dudar de su veracidad, por lo cual contando el tribunal con la facultad de establecer la credibilidad del testimonio analizado, estimó que ha sido suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que ampara al encausado. De otra parte, refuerza la decisión judicial, la circunstancia que el propio enjuiciado Montoya, en su relato exculpatorio, se situó en el lugar de los hechos, sin perjuicio de haber esbozado una teoría alternativa basada únicamente en sus dichos, la que fue desestimada de plano por el tribunal, por los argumentos ya explicitados en el motivo 8° y sin perjuicio de lo que se dirá a continuación. De este modo, los antecedentes analizados, llevaron unívocamente a establecer la convicción, más allá de toda duda razonable, que el acusado Josue Jhonatan Montoya Zárate, ya individualizado, intervino en la ejecución del delito establecido, de una manera inmediata y directa, esto es, como Francisco Javier Lanas Jopia Juez Integrante Fecha: 31/05/2021 13:46:01 Luz Adrina Oliva Chavez Juez Redactor Fecha: 31/05/2021 18:25:02 DGJLXVRYLX Israel Antonio Fuentes Gutierrez Juez Presidente Fecha: 01/06/2021 13:58:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2

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1 Antofagasta, veintinueve de mayo del año dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veinticuatro del presente mes y año, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los jueces Israel Fuentes Gutiérrez, quien presidió, Luz Oliva Chávez y Francisco Lanas Jopia, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral celebrada a través d

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