Juzgado de Garantía de Linares.

M.P. C/ CRISTIAN RODRIGO ESPINOZA BRAVO

Rol

O-5483-2020

Fecha

7 de mayo de 2021

Materia

MALTRATO DE OBRA PERSONAL INVESTIGACIONES CON O SIN LESIONES

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: Con fecha 21 de diciembre del año 2020, alrededor de las 16:00 horas, en el momento que el imputado CRISTIÁN RODRIGO ESPINOZA BRAVO se encontraba en el hall del cuartel de Investigaciones, ubicado en Valentín Letelier N° 417 de Linares, al informarle que tenía una orden de detención vigente, se ofuscó intentando salir de dicha unidad policial y al ser impedido el paso golpeó con los puños a la funcionaria de dicha unidad policial, doña Katty Veliz Hernández, Inspectora de la Brigada de Homicidios, quien a consecuencia de lo anterior resultó con contusión en labio inferior con edema y evidencia de laceraciones superficiales en brazo derecho y hombro izquierdo de carácter leve. Linares, siete de mayo de dos mil veintiuno. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 15, 18, 30, 67 del Código Penal, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones y Ley 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA a CRISTIÁN RODRIGO ESPINOZA BRAVO, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de maltrato de obra a funcionario de la Policía de la Investigaciones en el ejercicio de sus funciones, perpetrado el día 21 de diciembre de 2020 en la comuna de Linares. VXVZXVZKHF Paula Solange Gema Sánchez Gutiérrez Juez de garantía Fecha: 01/06/2021 22:32:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a CRISTIÁN RODRIGO ESPINOZA BRAVO, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de maltrato de obra a funcionario de la Policía de la Investigaciones en el ejercicio de sus funciones, perpetrado el día 21 de diciembre de 2020 en la comuna de Linares. VXVZXVZKHF Paula Solange Gema Sánchez Gutiérrez Juez de garantía Fecha: 01/06/2021 22:32:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II.- Que cumpliéndose los presupuestos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad por la REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control y asistencia del Centro de Reinserción Social de la ciudad de Linares por el término de un año, debiendo cumplir durante dicho período con las demás exigencias establecidas en el artículo 4° de la Ley 18.216. El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserci

Texto Completo (Preview)

RUC : 2001277982-9. RIT : 5483-2020. DELITO : Maltrato de obra a personal de la Policía en el ejercicio de sus funciones. GRADO DESARROLLO: Consumado. IMPUTADO : CRISTIÁN RODRIGO ESPINOZA BRAVO. RUT N° : 18.328.953-5. DOMICILIO : calle Pedro Aguirre Cerda N° 0778 comuna de Linares. FISCAL : Carola D”Agostini Ibáñez. DEFENSOR : Catalina Cereceda Vidal. PROCEDIMIENTO : Simplificado. ATENUA

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