C/ MILENKO ANTONIO MIHOVILOVIC OLGUÍN
Rol
O-11520-2018
Fecha
25 de mayo de 2021
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículo 1, 3, 11 N° 6 y 9, 14, 15, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 67 y 496 N° 12 del Código Penal; 417 del Código de Justicia Militar; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, resuelvo: I. Que, se condena a MILENKO ANTONIO MIHOVILOVIC OLGUÍN, ya individualizado, a la pena de CINCUENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, y a la medida accesoria de suspensión de cargo u oficio público, como autor del delito de amenazas a integrantes de Carabineros de Chile, sancionado en el artículo 417 del Código de Justicia Militar, cometido en la comuna de Vitacura el 17 de diciembre de 2018. II. Que, asimismo, se condena a MILENKO ANTONIO MIHOVILOVIC OLGUÍN, ya individualizado, a pagar una multa a beneficio fiscal equivalente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de la falta prevista en el artículo 496 N° 12 del Código Penal, perpetrada en la comuna de Vitacura el 17 de diciembre de 2018. III. La sanción corporal y la multa se tendrán por cumplidas con arreglo al mayor tiempo de privación de libertad impuesto al sentenciado en este proceso, esto es: arresto domiciliario total entre el 18 de diciembre de 2018 y el 18 de enero de 2019 y arresto domiciliario parcial entre el 19 de enero de 2019 y el 15 de octubre de 2019. En este último caso,
Fundamentos
considerando un día por cada tres de arrestos cumplidos. IV. Atendida la admisión de responsabilidad expresada por el condenado, exímasele del pago de las costas del juicio. Téngase presente la renuncia al plazo para la interposición de recursos, cúmplase con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. PMTDXTBJQG DANIELA VERONICA GUERRERO GONZALEZ Juez de garantía Fecha: 27/05/2021 09:41:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-05-27T09:39:41-0400 Corte Suprema DANIELA VERONICA GUERRERO GONZALEZ Verificación Legal
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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. TRIBUNAL: Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. MAGISTRADO: Daniela Guerrero González RUC: 1801248644-4 RIT: 11520-2018
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