8º Juzgado de Garantía de Santiago

CLAUDIO ALEJANDRO CARRE??O VEGA C/ DANILO ESTEBAN CHÁVEZ ROMÁN

Rol

O-9865-2019

Fecha

20 de mayo de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º Que el Ministerio Público requirió en procedimiento simplificado a DANILO ESTEBAN CHÁVEZ ROMÁN, C.I. N° 16.082.896-K, domiciliado en Pasaje Cervante Nº 67, Lampa, por los siguientes hechos: “Que el día 22 de diciembre de 2019 aproximadamente a las 16:20 horas el imputado se encontraba en la tienda Falabella del Mall Costanera Center, esto es en Avenida Andrés Bello N° 2461 en la comuna de Providencia; lugar donde sustrae con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, diversas especies de propiedad del establecimiento. Especificamente una polera marca POLO avaluada en la suma de $53.990.-, pesos. Especie con la cual traspasa el lineal de cajas sin cancelar su valor.” b.- Calificación jurídica: Hurto simple previsto y sancionado en el Artículo 446 N° 3 del Código Penal, autor, consumado. c.- Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal: No hay circunstancias modificatorias. d.- Pena Solicitada: 540 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 5 UTM, accesorias legales y costas de la causa. En caso de admisión, 41 días de prisión, multa de UNA UTM, accesorias legales y sin costas. 2° Llevado a efecto el juicio, se rinden alegatos de apertura. El requerido presta declaración, negando los hechos de los que se le acusa, y sosteniendo que aquel día se encontraba de compras en la tienda junto a su pareja y su hijo, reconociendo al efecto las boletas que dan cuenta de compras aquel día en distintos locales del mall, presentados como prueba documental de la defensa. Se rinde la declaración de un testigo, quien da cuenta de haber observado los hechos a través de una cámara de seguridad, ordenando la detención del sujeto a otro guardia, quien lo detiene al momento de traspasar las paletas de seguridad. Rendida la prueba, en los alegatos de cierre el Ministerio Público, pide que se le exima de las costas. La defensa pide la absolución. 3º Que como se expuso en el veredicto y por las razones expresadas en la sentencia oral, la falta de prueba impide derribar la presunción de inocencia que asiste al requerido, pues no se logró acreditar más allá de toda duda razonable ni la existencia del delito, ni la participación del imputado. KYDSXSHJYY LEONARDO ENRIQUE VALDIVIESO LOBOS Juez de garantía Fecha: 26/05/2021 17:23:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 4° Que se eximirá a la Fiscalía del pago de las costas, pues existió una denuncia previa que motivó la persecución penal, sostenida en antecedentes que la hicieron verosímil.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1° del Código Penal; artículos 1, 45, 48, 295, 296, 297, 325 y siguientes, 340, 341, 342, 343, 346, 347, 395 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara I. Que se ABSUELVE a DANILO ESTEBAN CHÁVEZ ROMÁN, C.I. N° 16.082.896-K, ya individualizado, del cargo que le dirigiera el Ministerio Publico como autor de un delito de hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, que supuestamente se habría cometido en la comuna de Providencia el día 22 de diciembre de 2019. II.- Que no se condena en costa al Ministerio Público. RUC 1901379548-K RIT 9865 - 2019 Dictada por don Leonardo Valdivieso Lobos, Juez titular del 8° Juzgado de Garantía de Santiago. KYDSXSHJYY LEONARDO ENRIQUE VALDIVIESO LOBOS Juez de garantía Fecha: 26/05/2021 17:23:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-05-26T17:21:52-0400 Corte Suprema LEONARDO ENRIQUE VALDIVIESO LOBOS Verificación Legal

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Santiago, veinte de mayo de dos mil veintiuno. Vistos y considerando: 1º Que el Ministerio Público requirió en procedimiento simplificado a DANILO ESTEBAN CHÁVEZ ROMÁN, C.I. N° 16.082.896-K, domiciliado en Pasaje Cervante Nº 67, Lampa, por los siguientes hechos: “Que el día 22 de diciembre de 2019 aproximadamente a las 16:20 horas el imputado se encontraba en la tienda Falabella del Mall Costaner

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