VIVIANA ALEJANDRA MANRIQUEZ MEDINA C/ NICOLÁS ANTONIO SILVA MARCHANT
Rol
O-13803-2019
Fecha
24 de mayo de 2021
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos : El día 14 de agosto de 2019, a las 20:10 horas aproximadamente, en mientras la víctima Viviana Alejandra Manríquez Medina circulaba por la vía pública, en la intersección de Avenida Portales con Alfonso Donoso en la comuna de San Bernardo, fue abordada por el imputado acompañado de otro individuo, quienes procedieron a golpearla y a arrebatarle el teléfono celular marca Huawei, marca i9, modelo plus 2019, color azul, carcaza dorada que mantenía en sus manos. A consecuencia de la agresión la víctima resultó con una contusión de brazo izquierdo según dato medico N° 1138755, de carácter leve, emitido por el hospital Parroquial, luego de estos hechos el imputado se dio a la fuga junto al otro sujeto y compañero, siendo atrapado el primero por trasuntes que circulaban por el lugar. A juicio del Ministerio Público los hechos configuran el delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 432 y 436 del Código Penal, en calidad de autor y en grado de desarrollo de consumado.- Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: WSSMXSLHXM INGRID ELIET VISTOSO MONREAL Juez de garantía Fecha: 25/05/2021 16:32:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Fono: 25202500 Fax: 25202556 Por estas consideraciones y de conformidad, con lo dispuesto
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, con lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11N°9, 14, 15, 29, 432, 436 del Código Penal; 297, 406 y siguientes, 411 y 412 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se condena a NICOLÁS ANTONIO SILVA MARCHANT, cédula nacional de identidad N° 18.977.518-0, ya individualizado, por su participación en calidad de autor, en grado de desarrollo consumado, en el delito de ROBO CON VIOLENCIA del artículo 436 en relación al artículo 432 del Código Penal, perpetrado en el territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 14 de agosto 2019, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, y accesorias legales, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que no reuniéndose los requisitos de la ley N°18.216 el cumplimiento de la pena deberá ser EFECTIVA. Se deja constancia que el sentenciado tiene 242 días de abono, por encontrarse privado de libertad con ocasión de esta causa, desde el día 24 de septiembre 2020 a la fecha de hoy. IV.- Que no habiéndose determinado la huella genética del sentenciado durante el procedimiento, cúmplase con determinar la referida huella genética en esta oportunidad, previa toma de las muestras biológicas correspondientes e inclúyanse éstas en el Registro de Condenados del Sistema Nacional de ADN. IV.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado, se exime al
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Juzgado de Garantía de San Bernardo Urmeneta N°330 – San Bernardo Fono: 25202500 Fax: 25202556 ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha : veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno. Imputado : NICOLÁS ANTONIO SILVA MARCHANT, cédula de identidad N° 18.977.518-0, con domicilio en Pasaje Las Mesetas, Camino Padre Hurtado, Casa Nº 1, comuna de San Bernardo. Víctima : VIVIANA ALEJ
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