Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica.

MINISTERIO PUBLICO C/ GREGORIO RAFAEL PULGAR CASTAÑEDA

Rol

O-283-2020

Fecha

20 de mayo de 2021

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES, FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, los días 22, 23, 24, 28, 29, 30, 31 de diciembre de 2020, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18 19 de enero de 2021, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27 y 28 de abril de 2021, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, presidida por el juez don Gonzalo Rodrigo Brignardello Cruz e integrada por los jueces don Héctor Cecil Gutiérrez Massardo y don Mario Andrés Reyes Trommer, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral en la causa Rol Único N° 1600027689-1 y Rol Interno del Tribunal Nº 283-2020, seguida en contra de Gregorio Rafael Pulgar Castañeda, chileno natural de Valparaíso, nacido el 24 de octubre de 1964, de actuales 56 años de edad, jubilado de carabineros, cédula de identidad 9.441.514-4, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Mariano Latorre N° 1680, Arica, sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, arraigo local y prohibición de acercarse a las víctimas; de Susana Denisse Vergara Valenzuela, chilena, natural de Santiago, nacida el 26 de noviembre de 1973, de actuales 47 años de edad, dueña de casa, casada, cédula de identidad 14.440.529-3, domiciliada y apercibida conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en calle Mariano Latorre N° 1680, Arica, sujeta a la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, arraigo local y prohibición de acercarse a la víctima; de Paulo Felipe Chacón Vera, chileno, natural de Santiago, nacido el 27 de octubre de 1986, 35 años de edad, casado, comerciante, cédula de identidad 16.020.509-1, domiciliado y apercibido conforme lo dispone el artículo 26 del Código Procesal Penal, en Pasaje 7 casa 1287, población Juan Noé, Arica, actualmente sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en el Complejo Penitenciario de Acha de esta ciudad; de Luis Adolfo Rodríguez Astorga, chileno, natural de Santiago, nacido el 31 de agosto de 1976, 54 años de edad, cédula de identidad 10.693.771-0, m

Fundamentos

fundamentos sexto a octavo, permiten dar por establecido los siguientes supuestos fácticos: 1.- Que a partir del año 2014 hasta 2017 personas se procuraron dineros a través de un supuesto negocio de adquisición de inmuebles en remates judiciales en la ciudad de Santiago. 2.- Que para estos efectos, se confeccionaban listas de propiedades asignándose valor a fin de ser exhibidas a los futuros compradores, la mayoría pertenecientes a carabineros, ofertándolas que debían reservarse normalmente con el pago del 50% al momento de reservar el inmueble y el saldo al momento de que le eran supuestamente adjudicadas la propiedades. 3.- Que las personas entregaban los dineros ya sea en dinero efectivo, transferencias bancarias o en cheques y que eran depositados en diversas cuentas bancarias pertenecientes a alguno de los acusados. 4.- Que para dar continuidad y aparentar la realidad del negocios el 2015 se incorporan Gregorio Pulgar y Susana Vergara, quienes ofrecían las propiedades y recibían a las personas, les daban informaciones sobre la realidad del negocio, las condiciones de la adjudicación y de la legalidad del mismo. 5.- Que al momento de la recepción de dineros se entregaba un documento denominado Contrato de Ejecución de Servicios u otro similar en que las víctimas entendían que era la forma de dejar constancia de la reserva de la propiedad y del RDBXXTSYXX Hector Cecil Gutierrez Massardo Juez oral en lo penal Fecha: 26/05/2021 20:27:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 359 recibo del dinero, o, en algunos casos se autorizaba las firmas ante algún Notario, o a veces, no daban recibo alguno. 6.- Que se instaló en calle 21 de mayo N° 630 de la ciudad de Arica una oficina a cargo de una supuesta abogada de nombre Nayibeth Jaque quien junto a Susana Vergara, procedieron a llamar a las personas para supuestamente para firmar documentos de adjudicaciones, lugar en que se exhibían resoluciones judiciales falsas que aparentemente confirmaban las adquisiciones de los inmuebles y además de recepcionar el 50% restante. 7.- Que para los efectos de captar o mantener a las personas con la esperanza de que iban a adquirir las propiedades reservadas, se realizaron diversas afirmaciones mendaces, como: 8.- Que para lograr la entrega de los dineros cada uno de los acusados realizaron afirmaciones mendaces como: a) Ser representantes del Poder Judicial para la zona norte para estos efectos. b) dedicarse al corretaje de propiedades. c) Que existía dos abogados tramitadores d) Que se trataba de un negocio segu

Fallo

por estas propiedades las siguientes sumas de dinero: el día 28 de noviembre del 2014 pagó mediante cheque la suma de $6.600.000, entregado a Cristian Aros y girado a favor de Luis RÍOS GONZÁLEZ, luego el segundo pago se hizo con fecha 15 de enero del 2015 por la suma de $23.500.000 pesos y el tercero con fecha 5 de febrero del 2015 por la suma de $17.000.000 de pesos, todos cobrados por caja por LUIS RÍOS, además de pagar la suma de $2.225.000 a CRISTIAN AROS por la comisión del trabajo realizado. Transcurridos varios meses, y no habiendo recibido ningún inmueble, Torrealba tomó contacto con LUIS RÍOS, quien le manifestó que existía demora en los trámites, pero que se entregarían los inmuebles, siendo contactado posteriormente por el imputado ÓSCAR LEPÍN quien se identificó como ayudante de Paulo Chacón, y le envió en el mes de mayo del año 2017 copia de supuestas resoluciones judiciales, todas falsas, con la finalidad de aparentar el cumplimiento de los trámites, solicitando la suma de $1.000.000 de pesos adicionales para finalizar los trámites, procediendo las víctimas Torrealba y Heredia a enviar ese dinero a la cuenta bancaria de PAULO CHACÓN. Posteriormente las víctimas verificaron que la información dada por los imputados era falsa, ya que no existía ningún proceso o remate respecto de los inmuebles en cuestión, ni recibieron devolución de sus dineros, sufriendo ello perjuicios las víctimas avaluados en la suma de $50.450.000 pesos, equivalentes a 1.168 UTM. 2. BRIGIT

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1 Arica, a veinte de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS: PRIMERO: Que, los días 22, 23, 24, 28, 29, 30, 31 de diciembre de 2020, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18 19 de enero de 2021, 15, 16, 19, 20, 21, 22, 23, 26, 27 y 28 de abril de 2021, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, presidida por el juez don Gonzalo Rodrigo Brignardello Cruz e integrada por los juec

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