Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

MP C/ ANA MARÍA VARGAS ÁLVAREZ

Rol

O-1343-2021

Fecha

19 de mayo de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos “El día 02 de abril del 2020, en horas de la madrugada, siendo las 04:20 horas aproximadamente la imputada Ana María Vargas Álvarez, concurrió hasta el domicilio de la víctima, Francisco Barrientos Gallardo, ubicado en calle los Ediles 3 de la comuna de Puerto Varas, ingresando a dicho inmueble por la ventana, previa autorización del propietario de la residencia, subiendo hasta el segundo piso del inmueble, lugar desde donde procedió a sustraer con ánimo de lucro y contra la voluntad de la víctima, un banano contenedor de la suma de $70.000, huyendo del lugar con las especies en su poder. Minutos más tarde, en la vía pública, específicamente en la intersección pasaje 7 con Palena, la imputada, fue sorprendida por funcionarios de Carabineros de Chile, incumpliendo con la prohibición, que tienen todos los habitantes de la República, de salir a la vía pública, como medida de aislamiento entre las 21:00 y 05:00 horas, impuesta por el Ministerio de Salud, mediante resolución N° 591 Exenta, de fecha 23 de julio de 2020, modificada por la resolución N° 934 Exenta, de fecha 02 de noviembre de 2020, en relación al decreto N° 104, de fecha 18 de marzo de 2020, mediante el cual el Presidente de la República, declaró el estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública en el territorio de Chile. De esta manera, el imputado, puso en peligro la salud pública, infringiendo la mencionada regla de salubridad, impuestas por la autoridad sanitaria, con el objetivo de evitar la proliferación o el contagio de la pandemia COVID-19”. Puerto Varas, a diecinueve de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 25, 67, 69, 70, 318, 432, 446 N°, 449 del Código Penal; artículos 45 y siguientes, 297, 340 y siguientes, 388 y siguientes, 395 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ANA MARÍA VARGAS ÁLVAREZ, cédula de identidad Nº

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a ANA MARÍA VARGAS ÁLVAREZ, cédula de identidad Nº 20.292.874-9, domiciliada en Calle Nicanor García casa Nº 2, comuna de Puerto Varas, por su responsabilidad, como AUTORA de los delitos CONSUMADOS, ocurridos ambos el día 02 de abril del 2020, en la comuna de Puerto Varas: -HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, en perjuicio de la propiedad de Francisco Barrientos Gallardo, a la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de suspensión de cargo y GCMGXRHXXF Paulina Natalia Tapia Lorca Juez de garantía Fecha: 20/05/2021 16:36:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Juzgado de Garantía de Puerto Varas oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. -PONER EN RIESGO LA SALUD PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, a la pena de multa de DOS TERCIOS (2/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que las penas impuestas, tanto privativas de libertad como las

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Juzgado de Garantía de Puerto Varas SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Hechos “El día 02 de abril del 2020, en horas de la madrugada, siendo las 04:20 horas aproximadamente la imputada Ana María Vargas Álvarez, concurrió hasta el domicilio de la víctima, Francisco Barrientos Gallardo, ubicado en calle los Ediles 3 de la comuna de Puerto Varas, ingresando a dicho inmueble por la ventana, previ

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