Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz.

M.P. C/ ROSA TERESA MELGAREJO GUTIÉRREZ

Rol

O-2405-2019

Fecha

20 de mayo de 2021

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 27/10/2019, en horas de la mañana, el imputado ANDRÉS CRISTÓBAL SALAZAR JARA, aprovechándose el estado conmoción popular que vivía la comuna San Pedro la paz y el Estado de Excepción Constitucional de emergencia que regía en el País, fue sorprendido por personal de la policía de investigaciones de Chile manteniendo bajo su poder, al interior del domicilio ubicado en pasaje 9 casa 793, Boca Sur, comuna de San Pedro de La Paz, gran cantidad de especies consistente en diversos tipos de mercadería, todas las cuales fueron previamente robadas y/o hurtadas bajo la modalidad conocida como saqueo, entre la noche del día 19 y la madrugada del día 20 de octubre del año 2019 desde el supermercado Unimarc ubicado en calle Tucapel número 285 de la comuna San Pedro La Paz, siendo trasladadas en el vehículo marca Daihatsu patente BT.SW.85, desde el mencionado supermercado, hasta el domicilio ubicado en pasaje 9 casa 793, Boca Sur, comuna de San Pedro de La Paz. Dada la forma de la tenencia de las especies por parte del imputado ANDRÉS SALAZAR JARA y el estado de emergencia que vive el país, este no podía menos que conocer el origen el origen robado o hurtada de las especies mantenidas por el bajo su poder y disposición. El total de las especies que el imputado ANDRÉS SALAZAR JARA mantenía al interior del domicilio ubicado en pasaje 9 casa 793, Boca Sur, comuna de San Pedro de La Paz, consisten en las siguientes: 15 botellas de aceite, 28 bolsas de almidón, 49 bolsas o paquetes de pasta de distintos tipos y marcas, 4 cajas de galletas, 7 envases de insecticidas, 2 tarros de atún, 8 envases de salsa de soya, 5 cajas de pasta, 11 paquetes de salsa de tomate, 1 caja que contenía 24 tarros de palmito marca Unimarc, y 60 paquetes de mermeladas. El total de las especies fueron avaluadas por la víctima en $250.000. YKERXRXXZD Alicia Valentina Bravo Ojeda Juez de garantía Fecha: 20/05/2021 13:55:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 15; 25, 26, 30, 49, 67, 69 y 456 bis A del Código Penal, artículos 4, 45, 46, 47, 297, 340, 342, 388, 389, 394, 395, 396 del Código Procesal Penal, Ley 18.216, SE DECLARA: I.- QUE SE CONDENA a don ANDRES CRISTOBAL SALAZAR JARA, cédula de identidad 15.614.919, ya individualizado, como autor del delito de Receptación descrito y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal en grado desarrollo consumado cometido el día 27 de octubre de 2019 en esta comuna de San Pedro de la Paz, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y MULTA de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Teniendo presente el tiempo que permaneció privado de libertad desde el día de su detención ocurrida el 27 de octubre de 2019 y controlada su detención el 28 de octubre de 2019, esto es un día privado de libertad, la pena de multa se entiende cumplida a razón de un tercio por el día señalado. III.- Que SE SUSTITUYE la pena corporal impuesta por la de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA, que debe cumplir en el domicilio ubicado en Pasaje 9 casa 793 Boca Sur a comuna de San Pedro de la Paz YKERXRXXZD Alicia Valentina Bravo Ojeda Juez de garantía Fecha: 20/05/2021 13:55:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril

Texto Completo (Preview)

AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO.. Fecha San Pedro de la Paz., veinte de mayo de dos mil veintiuno Magistrado ALICIA VALENTINA BRAVO OJEDA Fiscal María Jesús Rodríguez. Defensor Privado Carlos Concha Jara Abogada qllte Agela Contreras Saavedra Imputado ANDRÉS CRISTÓBAL SALAZAR JARA, Rut 15.614.919-5, domiciliado en Pasaje 9 casa 793 Boca Sur San Pedro de la Paz, Delito RECEPTACION. Hora in

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