Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

MP C/ ANGELO ALCÁNTARA ROCO

Rol

O-53-2021

Fecha

20 de mayo de 2021

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Durante el día 17 de mayo del presente año, ante una de las Salas del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto, por sistema de videoconferencia, la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida contra ÁNGELO ALCÁNTARA ROCO, cédula de identidad N°20.170001-9, 21 años, nacido en Talca el 19 de septiembre de 1999, soltero, ayudante de carpintero, estudios básicos, domiciliado en calle 18 Norte A 3 y 4 Oriente casa N°1011, de la población Padre Hurtado de Talca, actualmente sujeto a la cautelar de prisión preventiva en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de esta ciudad. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Ángel Ávila Calderón, y la defensa, fue ejercida por el Defensor Penal Público Licitado, don Eduardo Meins Middleton.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según consta del auto de apertura, es del siguiente tenor: Los hechos: “El día 05 de agosto de 2020, aproximadamente a las 19:30 horas, funcionarios de la BIRO de la PDI Talca en razón de diligencias que se encontraban realizando por un delito de robo en bienes nacionales, recibieron información que indicaba que la persona del imputado ANGELO ALCÁNTARA ROCO, estaba ofreciendo especies por redes sociales, solicitando un pago por ellas. Es en ese contexto que la víctima señala reconocer las especies que ALCÁNTARA ROCO ofrecía como una de las que le había sido sustraída y, por esa razón, los funcionarios se contactan con la fiscal de turno quien autoriza esta diligencia conforme al art. 205 CPP. Funcionarios de la PDI concurren en ese contexto hasta el domicilio del imputado ALCÁNTARA ROCO previa autorización de la madre del imputado. El inmueble del imputado se trata del ubicado en calle 18 norte A N°1110 entre 3 y 4 oriente de la Población Padre Hurtado de la ciudad de Talca. La madre del imputado autoriza la entrada y registro, por esa razón los funcionarios una vez en el interior mientras se encontraban registrando las distintas dependencias ingresan al dormitorio del imputado ANGELO ALCÁNTARA ROCO, quien es sorprendido portando consigo un banano en la cintura de color azul oscuro, el cual dejo caer al suelo en su dormitorio al costado de su cama, el cual fue revisado, encontrando en su interior un arma corta, específicamente una pistola de color negro y al lado de esta un revolver con munición de color plateado. WKBFXRLQNE Cecilia Del Carmen Díaz Arrué Juez Redactor Fecha: 20/05/2021 14:41:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Por esa razón es que se practicó en definitiva la detención. Las armas incautadas corresponden a un revólver calibre .22 corto marca Pasper, modelo Bagual, serie N°199272 de fabricación argentina. Además, se incautaron 6 cartuchos con proyectil no encamisado calibre .22 Long Rifle que presentaban recortados sus proyectiles. Además, se incautó una pistola de aire comprimido habilitada para lanzar proyectiles de balines de 4,5 mm sin marca inicial visible con su respectivo cargador. Por último, se hace presente que el revólver calibre .22 corto marca Pasper mantenía una denuncia como arma sustraída del día 07 de julio del año 2018 en causa Ruc 1800608365-6 por delito de robo en lugar habitado, manteniendo el imputado esta arma en su poder sin autorización, la cual provenía evid

Fallo

fallo Rol N°32.695/2014, de la Excma. Corte Suprema, donde se sostiene que no constituye un despliegue investigativo posterior al cierre de la investigación, en un caso similar a éste, pues es una pericia solicitada durante la investigación, por lo que el ingreso posterior al cierre no ha vedado para su presentación, pues incluso la defensa desde el 5 de agosto tuvo conocimiento de las pericias realizadas por don Daniel Cáceres Aravena y con motivo de ello se desechó tal alegación, en su oportunidad. Acorde con lo expuesto, solicitó que se rechace la alegación plateada por la defensa y, además, se condene al acusado. En la réplica, indicó que cuando la defensa señaló que no había podido desvirtuar las conclusiones del informe pericial; eso no es así, pues éstas las conocía desde el 5 de agosto de 2020, ya que quedaron impresas en el informe de la BIRO; luego de ello no pidió diligencias para obtener un resultado distinto, además, no debe tratarse de una afectación hipotética, sino que real, y de los documentos 2 y 3, presentados por la defensa, se evidencia que el informe se solicitó el 17 de agosto de 2020 y se reiteró el 25 de octubre siguiente, pidiéndose cuenta del mismo; así la prueba fue requerida en tiempo y forma; además, algún efecto debe tener la preparación de juicio oral, donde esto se discutió y se resolvió. En la audiencia fijada para la determinación de la pena, acompañó el extracto de filiación y antecedentes del acusado, como adulto, en el cual se WKBFXRLQNE

Texto Completo (Preview)

Talca, veinte de mayo de dos mil veintiuno. VISTO: Durante el día 17 de mayo del presente año, ante una de las Salas del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto, por sistema de videoconferencia, la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida contra ÁNGELO ALCÁNTARA ROCO, cédula de identidad N°20.170001-9, 21 años, nacido en Talca el 19 de septiembre de 1999

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