CARABINERO ALVARO IGNACIO SANCHEZ FERNANDEZ C/ CARLOS HERNÁN LLANOS FARÍAS
Rol
O-285-2020
Fecha
7 de mayo de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 01 de diciembre de 2019 a las 16:30 horas de la tarde, el requerido, don CARLOS HERNÁN LLANOS FARÍAS, salía de su casa ubicada en Calle La Viroca s/n comuna de Peralillo, en su camioneta marca Mitsubishi, PP Única TV2445, para ello ingresó a la ruta, I-340 y debido al consumo del alcohol, no atento a los vehículos que circulaban el cual impactó de frente al automóvil PP Única FL-7324, que lo conducía la víctima, don NELSON CRISTÓBAL GREZ IBARRA, al cual le causó considerables daños en la parte frontal, además impactando un poste del alumbrado eléctrico, causando un daño avaluado por sobre el millón de pesos prudencialmente. Ante el accidente concurrieron carabineros y se entrevistaron con ambos conductores al momento en que prestaban auxilio y se percataron que el imputado estaba ebrio principalmente por su fuerte olor a alcohol, sometido a la prueba respiratoria alcohotest esta arrojó 2,15 grados de alcohol por mil en la sangre, y en la alcoholemia arrojo 2,41 grados de alcohol por mil en la sangre. Actuaciones efectuadas Atendida la Alerta Sanitaria declarada para todo el territorio de la República; las Instrucciones y Medidas de Prevención y Reacción por casos de brote de COVID-19 adoptado por el Presidente de la República mediante documento N° 003, de 16 de marzo de 2020, y el Decreto N°4-2020, del Ministerio de Salud; el acta 53-2020 de la Excma. Corte Suprema, la que dispone que en las determinaciones que se adopten por parte de los tribunales se privilegiará la salud de los usuarios así como de los funcionarios judiciales, y lo dispuesto en la ley 21.226 ; se realiza la presente audiencia mediante modalidad video conferencia. Peralillo, siete de mayo de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Dando por reproducidos la exposición de antecedentes y considerandos, los que han sido reseñados detalladamente en la audiencia y de los cuales ha quedado QJXPXQTBNN Jose Antonio Ruiz Stanke Juez de garantía Fecha: 19/05/2021 15:10:45 ESTE DOCUMEN
Fundamentos
Considerando la admisión de responsabilidad no se imponen las costas de la causa al condenado, toda vez, que se ahorró tiempo y recursos al Estado para la aplicación de la Ley penal y se encuentra representado por la Defensoría Penal Pública. QJXPXQTBNN Jose Antonio Ruiz Stanke Juez de garantía Fecha: 19/05/2021 15:10:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Téngase presente la renuncia de los plazos legales efectuada por los intervinientes. Dése cumplimiento a lo establecido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes, incluyendo el imputado se entienden notificados en persona, de las resoluciones dictadas, por encontrarse presentes en audiencia. El fundamento para lo resuelto, y la audiencia se encuentran respaldados en forma íntegra en el registro de audio de este Tribunal. RIT 285 – 2020 RUC 1901302523-4 Dirigió la audiencia y resolvió don JOSE ANTONIO RUIZ STANKE, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo. QJXPXQTBNN Jose Antonio Ruiz Stanke Juez de garantía Fecha: 19/05/2021 15:10:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-05-19T15:10:46-0400 Corte Suprema Jose Antonio Ruiz Stanke Verificación Legal
Fallo
se resuelve: I. Que se condena al imputado don CARLOS HERNÁN LLANOS FARÍAS, C.I.6.468.646-1, domiciliado en Calle LA VIROCA s/n Comuna de Peralillo, como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso primero de la ley 18.290, por los hechos acaecidos el día 01 de diciembre del año 2019, en la comuna de Peralillo, territorio jurisdiccional de este Tribunal, a sufrir la pena privativa de libertad de 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO; SUSPENSION DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE 2 AÑOS, igualmente se le sanciona con la penas accesorias genéricas legales del artículo 30 del Código Penal, suspensión a cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena. II. Que sanciona además al sentenciado con la pena de multa ascendente a 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, otorgándole al sentenciado 2 parcialidades para su pago, en razón de 1 UTM cada una, pagadera el último día hábil de cada mes, una vez ejecutoriado el presente fallo, comenzando el último día hábil del mes de junio del año en curso. III. Que habiéndose verificado los requisitos legales, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena, por el plazo de 1 AÑO, debiendo el imputado presentarse ante el Centro de Reinserción Social de San Fernando, la semana del 24 al 28 de mayo de año en curso, en Cardenal Caro N° 951, comuna de San Fernando, a fin de dar inicio a la pena sustitutiva. IV. Considerando l
Texto Completo (Preview)
Individualización de Audiencia de Juicio Oral Simplificado. Fecha Peralillo., siete de mayo de dos mil veintiuno Magistrado JOSE RUIZ STANKE Fiscal CARMEN GLORIA AGURTO CASANOVA Defensor ANTONIO SALAS QUIROGA Hora inicio 10:07AM Hora termino 10:13AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo. Acta Katherine Catalán RUC 1901302523-4 RIT 285 – 2020 Hechos: El día 01 de diciembre
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