Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ ARNOLDO MANUEL CAYUPIL LLANCALEO

Rol

O-12693-2018

Fecha

12 de mayo de 2021

Materia

CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES GRAVE.ART 196 INC.2LEY.TRANS.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Se tuvo por acreditado que Arnoldo Manuel Cayupil Llancaleo, cédula de identidad N° 16.585.454-3, nacido el día 15 de diciembre de 1986, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en la comunidad Llancaleo, Puerto Saavedra, el día 27 de diciembre de 2018, condujo el furgón marca Peugeot modelo Partner patente JXSB-83 por la ruta S-217 con 1,34 gramos de alcohol en la sangre y a la altura del kilómetro 7, correspondiente a la comuna de Padre Las Casas perdió el control del móvil impactando a una carretela a tracción animal que era conducida ´por Francisca Edith Millao Quintreman y Enrique Henríquez Huinca, resultando la primera con lesiones leves la primera y con traumatismo encefalo craneano grave complicado con fractura frontal y hematoma fronto parieto occipital derecho, clínicamente graves, que tardaron en sanar entre 180 a 200 días con igual período de incapacidad labora. Que el contenido íntegro de esta sentencia se encuentra registrado en el audio respectivo de esta misma fecha, de la cual solo se transcribe la parte resolutiva, en virtud de lo dispuesto en el Auto Acordado de fecha 14 de marzo de 2014, dictado por la Excelentísima Corte Suprema y contenido en el acta Nº 40- 2014; Y VISTOS ADEMAS; Lo dispuesto en los artículos 83 de la Constitución Política de la República de Chile, 1 de la Ley N° 19.640, artículos 1, 110, 111 y 196 de la ley N° 18.290; artículos 1, 11 N° 6 y 9; 14 N° 1, 15 N° 1, 25, 49, 70 y 318 del Código Penal, artículos 3, 47, 390 y siguientes del Código Procesal Penal; Se declara: 1.- Que se acoge la querella y el requerimiento en procedimiento simplificado en que devino la acusación, promovido por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a Arnoldo Manuel Cayupil Llancaleo, ya individualizado, a cumplir una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a pagar una multa de seis unidades tributarias mensuales y a la XXBN

Fallo

Se declara: 1.- Que se acoge la querella y el requerimiento en procedimiento simplificado en que devino la acusación, promovido por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a Arnoldo Manuel Cayupil Llancaleo, ya individualizado, a cumplir una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a pagar una multa de seis unidades tributarias mensuales y a la XXBNXQWXNF Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 18/05/2021 23:46:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl suspensión de la licencia de conducir por el lapso de cinco años, como autor de conducción en estado de ebriedad causado lesiones leves, lesiones graves y daños, perpetrado el día 27 de diciembre de 2018 en la comuna de Padre Las Casas, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. 2.- Que la pena privativa de libertad y la multa se dan por cumplidas con el mayor tiempo que estuvo privado de libertad el encaus

Texto Completo (Preview)

Temuco, doce de mayo de dos mil veintiuno. Vistos: Se tuvo por acreditado que Arnoldo Manuel Cayupil Llancaleo, cédula de identidad N° 16.585.454-3, nacido el día 15 de diciembre de 1986, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en la comunidad Llancaleo, Puerto Saavedra, el día 27 de diciembre de 2018, condujo el furgón marca Peugeot modelo Partner patente JXSB-83 por la ruta S-217 con 1,34

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