14º Juzgado de Garantía de Santiago

M.P. C/ SAUL ABRAHAM MORALES ATABALES

Rol

O-7551-2020

Fecha

11 de mayo de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público dedujo requerimiento en contra de los imputados, fundándolo en que el día 24 de agosto del 2020, los imputados SAUL ABRAHAM MORALES ATABALES y FELIPE ANTONIO NAIN MARIN, fueron sorprendidos por personal de carabineros, transitando en la vía pública a las 16:05 hrs, en Av. Santa Raquel con Av. Trinidad en la comuna de la Florida, sin el permiso respectivo, contraviniendo con su actuar, las medidas sanitarias FJXLXPBXBZ CARLOS HUMBERTO MUÑOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 18/05/2021 12:52:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl dispuestas por la autoridad de salud en virtud del brote de COVID-19, plasmadas en resolución exenta N°327 de fecha 06 de Mayo de 2020, publicada en el diario oficial con fecha 07 de Mayo de 2020 y sus posteriores actualizaciones. Según el Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos del delito de poner en peligro la salud pública, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado de consumado. A los requeridos se le atribuye participación en calidad de autores ejecutores en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Que, según el Ministerio Público, concurre la circunstancia atenuante de responsabilidad contemplada en el artículo 11 Nº6 del Código Penal, esto es, la irreprochable conducta anterior. Es en virtud de lo anterior que se solicitó la imposición de una pena de multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, todo lo anterior sin costas. En mérito de lo anterior y artículo 1, 11Nº6, 14Nº1, 15Nº1, 25, 26, 31, 50, 68, 69 y 318 del Código Penal; artículos 45, 47 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara: se declara: I.- Que, se condena a SAÚL ABRAHAM MORALES ATABALES, ya individualizado, a pagar a beneficio fiscal una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, al ser considerado autor ejecutor del delito consumado de poner en peligro la salud pública, perpetrado en la comuna de La Florida el día 24 de agosto del 2020. FJXLXPBXBZ CARLOS HUMBERTO MUÑOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 18/05/2021 12:52:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II.- Que, por reunir el sentenciado los requisitos del artículo 398 del Código Procesal Penal, se dispone la suspensión de la pena impuesta en esta sentencia y sus efectos por el plazo de seis meses, trascurrido el cual sin haberse dejado sin efecto la suspensión en su reemplazo se dictará el sobreseimiento definitivo de la causa. III.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas. Los intervinientes son notificados personalmente de esta sentencia y renuncian a plazos y recursos legales, por lo que queda firme y ejecutoriada. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo

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C/ SAÚL ABRAHAM MORALES ATABALES. RIT: 7551-2020. RUC: 2000869581-5. PONER EN PELIGRO SALUD PÚBLICA, 318 CÓDIGO PENAL. Santiago, once de mayo del 2021. Que, ante este 14º Juzgado de Garantía de Santiago con fecha 11 de mayo del 2021 se celebró audiencia de procedimiento simplificado bajo la dirección del Juez Carlos Muñoz Sepúlveda, en la causa RIT 7551-2020, seguida contra SAÚL ABRAHAM MORAL

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