BRAVO C/CERVECERÍA GIANFRANCO DEBERNARDI TOLEDO E.I.R
Rol
M-583-2020
Fecha
29 de enero de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 63, 160, 162, 171 y siguientes, 453, 454 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por CAMILO JOSÉ BRAVO DONOSO en contra de CERVECERÍA GIANFRANCO DEBERNARDI TOLEDO E.I.R.L., todos ya individualizados y, en consecuencia, se declara que la relación laboral que vinculó a las partes, se extendió desde el 28 de diciembre de 2019 hasta el 25 de mayo de 2020, que el auto despido del trabajador fue justificado y procedente la nulidad del despido, por lo que se declara nulo el despido para efectos remuneracionales, debiendo la demandada pagar al actor las remuneraciones, a razón de $480.626 mensuales, desde la fecha de su despido (25 de mayo de 2020) y hasta la convalidación de éste, señalándose que las entidades correspondientes son AFP Modelo, FONASA y AFC. II.- Que la demandada deberá, además, pagar al demandante las siguientes prestaciones: a) $480.626.-, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; b) $130.170.-, por concepto de feriado proporcional; c) $961.252.-, por concepto de remuneraciones pendientes, de los meses de abril y mayo de 2020; III. Que las sumas ordenadas pagar precedentemente, deberán serlo con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Que se fijan las costas de la causa en la suma de $150.000.- Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas del fallo en esta audiencia. RIT: M-583-2020 RUC: 20-4-0275100-3 Siendo las 12:03 horas se pone terminó a la presente audiencia. Dictada en audiencia doña Javiera Opazo Vaccaro, Jueza Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, a veintiseis de enero de dos mil veintiuno.-
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 63, 160, 162, 171 y siguientes, 453, 454 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por CAMILO JOSÉ BRAVO DONOSO en contra de CERVECERÍA GIANFRANCO DEBERNARDI TOLEDO E.I.R.L., todos ya individualizados y, en consecuencia, se declara que la relación laboral que vinculó a las partes, se extendió desde el 28 de diciembre de 2019 hasta el 25 de mayo de 2020, que el auto despido del trabajador fue justificado y procedente la nulidad del despido, por lo que se declara nulo el despido para efectos remuneracionales, debiendo la demandada pagar al actor las remuneraciones, a razón de $480.626 mensuales, desde la fecha de su despido (25 de mayo de 2020) y hasta la convalidación de éste, señalándose que las entidades correspondientes son AFP Modelo, FONASA y AFC. II.- Que la demandada deberá, además, pagar al demandante las siguientes prestaciones: a) $480.626.-, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; b) $130.170.-, por concepto de feriado proporcional; c) $961.252.-, por concepto de remuneraciones pendientes, de los meses de abril y mayo de 2020; III. Que las sumas ordenadas pagar precedentemente, deberán serlo con los intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Que se fijan las costas de la causa en la suma de $150.000.- Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas del fallo
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ACTA DE AUDIENCIA ESPECIAL POR VIDEOCONFERENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 26 de enero de 2021. RUC 20-4-0275100-3 RIT M-583-2020 MAGISTRADO JAVIERA OPAZO VACCARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paula López Quezada SALA 3 HORA DE INICIO 11:55 horas.- HORA DE TERMINO 12:03 horas.- Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0275100-3-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Camilo José Bravo Donoso AB
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