FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ MARCOS ANTONIO OLIVOS GALAZ
Rol
O-377-2021
Fecha
13 de mayo de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “ Que el día 12 febrero de 2021 a las 02.45 horas, el imputado Marco Antonio Olivos Galaz y Claudio Andrés Zambrano Vergara ingresaron vía escalamiento al jardín infantil ubicado en calle Ojos de Agua con calle Mozart Villa Alemana, para luego forzar y romper un ventanal, sustrayendo varias especies que apilaron en el lugar, tales como labamanos y puertas, y asimismo sustraer otras especies que llevaron al vehículo patente XG-9818 que se encontraba en la vía pública , estas especies son sillas para armar en sus respectivas cajas, estante y tres ventanas, siendo sorprendidos en el lugar por personal policial” Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N°16, 14, 15, 21, 25, 30, 50, 60, 68, 69, 70 y 442 N°1 del Código Penal; arts. 47, 395, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a CLAUDIO ANDRÉS ZAMBRANO VERGARA, C.I. N°13.609.696-6 , ya individualizado, a la pena corporal de noventa días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito de robo en lugar no habitado, del artículo 442 N° 1 del Código Penal, cometido en grado de consumado, correspondiéndole al requerido participación en calidad de autor, por los hechos ocurridos el 12 de febrero de 2021 , en esta ciudad. II.- Que la pena se dará por cumplida con el tiempo que ha permanecido privado de libertad desde el día de los hechos III.- Que se libera al condenado del pago de las costas toda vez que por su aceptación de los hechos, materia del requerimiento ha evitado un juicio y los costos materiales y humanos que ello implica. En su momento, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja sin efecto todo medida cautelar decretada. Ofíciese. RUC Nº 377 – 2021, RUC N°2100141780-8.- RRYKXXXVPV Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de g
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N°16, 14, 15, 21, 25, 30, 50, 60, 68, 69, 70 y 442 N°1 del Código Penal; arts. 47, 395, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a CLAUDIO ANDRÉS ZAMBRANO VERGARA, C.I. N°13.609.696-6 , ya individualizado, a la pena corporal de noventa días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante al tiempo de la condena, por el delito de robo en lugar no habitado, del artículo 442 N° 1 del Código Penal, cometido en grado de consumado, correspondiéndole al requerido participación en calidad de autor, por los hechos ocurridos el 12 de febrero de 2021 , en esta ciudad. II.- Que la pena se dará por cumplida con el tiempo que ha permanecido privado de libertad desde el día de los hechos III.- Que se libera al condenado del pago de las costas toda vez que por su aceptación de los hechos, materia del requerimiento ha evitado un juicio y los costos materiales y humanos que ello implica. En su momento, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se deja sin efecto todo medida cautelar decretada. Ofíciese. RUC Nº 377 – 2021, RUC N°2100141780-8.- RRYKXXXVPV Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 14/05/2021 11:55:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFIC
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Villa Alemana, trece de mayo de dos mil veintiuno.- La parte expositiva y considerativa de la sentencia consta íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- HECHOS: “ Que el día 12 febrero de 2021 a las 02.45 horas, el imputado Marco Antonio Olivos Galaz y Claudio Andrés Zambrano Vergara ingresaron vía escalamiento al jardín infantil ubica
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