Juzgado de Garantía de Arica.

MINISTERIO PUBLICO ARICA C/ JOSET EBER SILVA ISUIZA

Rol

O-11345-2020

Fecha

12 de mayo de 2021

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día 12 de Noviembre del 2020, en horas de la mañana, los acusados JOSET SILVA ISUIZA y HERLES MEJIAS MONTELUIS, ingresaron ilegalmente al país provenientes del Perú, por un paso no habilitado específicamente a la altura del hito n° 14° al n° 15 de la línea de la concordia, transportando el primero de los acusados JOSET SILVA ISUIZA, una faja cuyo interior mantenia 5 paquetes de diferentes formas y tamaños contenedores de cocaina base con un peso bruto de 3550 gramos y un peso neto de 2998.3 gramos con un porcentaje de pureza del 75%; junto a 1 telefono celular marca samsug y la suma de % 80.000 mil pesos; mientras que el acusado HERLES MEJIAS MONTELUIS, portaba una faja cuyo interior mantenia 5 paquetes de diferentes formas y tamaños contenedores de cocaina base con un peso bruto de 3400 gramos y un peso neto de 2994.8 gramos con un porcentaje de pureza del 75%; junto a 1 telefono celular marca Huawei y la suma de 80 soles peruanos. Cabe señalar que la detención de los acusados al momento del ingreso a Chile, fue efectuada por personal del Ejército de LLKFXXHBJE Nelson Alejandro Fernandez Gonzalez Juez de garantía Fecha: 13/05/2021 08:20:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Chile, quienes informaron a Carabineros de chile, quienes concurrieron al lugar y procedieron a la detección e incautación de la droga. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Substancias Psicotrópicas, ilícito previsto y sanc

Fallo

se declara: I.- Que se condena a HERLES ALEXIS MEJIA MONTELUIS, cédula de identidad provisoria N° 14.878.924-K, y a JOSET EBER SILVA ISUIZA, cédula de identidad provisoria N° 14.878.925-8, peruanos, ambos ya individualizados en el desarrollo de la audiencia; a sufrir cada uno las siguientes penas: tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, a la accesoria inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y al comiso de las especies y dinero incautados, eximiéndoseles del pago de la multa y de las costas por las razones expuestas, como autores del delito consumado de tráfico ilícito de drogas y estupefacientes, previsto y sancionado este ilícito en el artículo 3° de la Ley 20.000, ocurrido en esta comuna de Arica el día 12 de noviembre de 2020.- II.- Que se sustituye la pena privativa de libertad para ambos condenados por la pena sustitutiva de expulsión del territorio nacional con la prohibición de regreso por el término de diez años, contemplado en el artículo 34 de la Ley 18.216, toda vez que cumplen los requisitos para ello. Si fuere revocada dicha pena sustitutiva deberá cumplir el saldo de la pena corporal, sirviéndole de abono los días que han estado privados de libertad en la causa, más todo el tiempo que demore la ejecución de esta pena sustitutiva, durante el cual los sentenciados permanecerán en internación. Ofíciese al Departamento de Extranjería, Ministe

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, doce de mayo de dos mil veintiuno Magistrado NELSON FERNANDEZ GONZALEZ Fiscal BRUNO HERNANDEZ TUÑON Defensor RENATO ANDRÉS MOSCOSO LUCERO Tipo Audiencia procedimiento abreviado Hora inicio 11:29 Hora termino 12:03 Sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2001149715-3-992-210512-00-09 - PABR NFG EBS RIT 11345 20 Acta EBS/alv RUC 2001149715-3 RI

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