Juzgado de Garantía de Rancagua.

MIGUEL ANGEL CANCINO LEAL C/ SEBASTIÁN IGNACIO LÓPEZ ZÚÑIGA

Rol

O-2215-2021

Fecha

4 de mayo de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Con fecha 28 de Febrero de 2021, cerca de las 16:50 horas, personal de Carabineros de la Subcomisaria de Doñihue, sorprendió en la intersección de la Plaza de Armas de Doñihue de la comuna de Doñihue, al requerido SEBASTIAN IGNACIO LOPEZ ZUÑIGA, transitando por la vía pública sin contar con el debido PERMISO TEMPORAL , dejando de cumplir las órdenes impartidas por la autoridad sanitaria, y con ello poniendo en Peligro la Salud Pública ,en circunstancias que se encontraba vigente la prohibición de salir a la vía pública, como medida de aislamiento, los fines de semana festivos y feriados , dispuesta por resolución N° 72 de fecha 25 de Enero del 2021 por el Ministerio de Salud, en Rancagua, Doñihue y Machali, en el actual contexto de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, dispuesto por Decreto Supremo N° 104 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública., prorrogado por los decretos 269, 400 y finalmente por el decreto 646 de fecha 12 de diciembre del 2020. Procedimiento Simplificado. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA A SEBASTIÁN IGNACIO LÓPEZ ZÚÑIGA, ya individualizado, al pago de una MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor del delito de infracción del artículo 318 del Código Penal consumado, hecho cometido en esta jurisdicción el día 28 de febrero de 2021. II.- Sin perjuicio de lo resuelto y atendida la circunstancia atenuante que concurre respecto del condenado, del artículo 11 N° 6 del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal se suspende la pena y sus efectos por el periodo de 6 meses transcurrido, el cual sin que sea objeto de nuevo requerimiento o formalización por hechos posteriores en ese tiempo, el tribunal deja

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA A SEBASTIÁN IGNACIO LÓPEZ ZÚÑIGA, ya individualizado, al pago de una MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autor del delito de infracción del artículo 318 del Código Penal consumado, hecho cometido en esta jurisdicción el día 28 de febrero de 2021. II.- Sin perjuicio de lo resuelto y atendida la circunstancia atenuante que concurre respecto del condenado, del artículo 11 N° 6 del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal se suspende la pena y sus efectos por el periodo de 6 meses transcurrido, el cual sin que sea objeto de nuevo requerimiento o formalización por hechos posteriores en ese tiempo, el tribunal dejará sin efecto esta sentencia y en su reemplazo se decretará el sobreseimiento definitivo de la causa. En caso contrario se le citará para el pago de la multa con las consecuencias legales que correspondan en su caso. III.- Teniendo presente que el imputado ha admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, permitiendo la aplicación de este procedimiento breve y concentrado, se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentenciada, cúmplase con lo dispuesto en los artículos pertinentes para el registro. Remítase copia del acta de esta audiencia vía correo electrónico a los intervinientes. Téngase presente la renuncia que los i

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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA cuatro de mayo de dos mil veintiuno Ruc: 2100197050-7 Rit: 2215 - 2021 Hora Inicio: 10:12 Hora Termino: 10:25 Juez: ANDREA PAOLA URBINA SALAZAR Tipo de Audiencia: Procedimiento Simplificado Imputado: Sebastián Ignacio López Zúñiga C.I N° 18.374.01

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