Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

CAFETERIA CONSTANZA ESQUERRE E HIJAS LIMITADA CON DIRECCION GENERAL DEL TRABAJO

Rol

I-82-2020

Fecha

27 de enero de 2021

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS DISCUTIDOS X TRASLADO CONTESTACIÓN DEMANDA X TRASLADO EXCEPCIONES X RESOLUCION EXCEPCIONES X LLAMADO A CONCILIACION (FALLIDA) X HECHOS NO CONTROVERTIDOS X CAUSA A PRUEBA X RECLAMANTE OFRECE PRUEBA X RECLAMADO OFRECE PRUEBA X EXCLUSION PRUEBAS X TRIBUNAL SOLICITA PRUEBAS X SUSPENSIÓN AUDIENCIA X RECLAMANTE INCORPORA PRUEBAS X RECLAMADO INCORPORA PRUEBAS X OBSERVACIONES A LA PRUEBA X DICTACIÓN DE SENTENCIA X DEBATE CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA (Presencial/Remota) X FIJA AUDIENCIA DE NUEVA AUDIENCIA X SOLICITUD AMPLIACION DE DEMANDA · La parte reclamante solicita complementar y/o ampliar la demanda y reclamación de autos, en cuanto a agregar como número 4 dentro de las peticiones concretas y en subsidio de lo anterior, que se rebaje el monto de la multa impuesta a 1 UTM o a la cantidad menor que determine el tribunal. · Traslado: Reclamada no se pronuncia. · Tribunal provee: Se tiene por ampliada la demanda en los términos indicados, particularmente lo que dice relación con lo petitorio. DESISTIMIENTO · La parte reclamante se desiste de la acción principal y la primera petición subsidiaria, manteniendo solo la última petición subsidiaria que solicita la rebaja de la multa a 1 UTM o a la cantidad menor que el tribunal determine. Traslado: La parte reclamada se opone. Tribunal provee: Se acoge la solicitud de la parte reclamante, se entiende por desistida la acción principal y primera petición subsidiaria, manteniéndose subsistente la petición subsidiaria de rebaja de multa en los términos formulados. CONTESTACIÓN DEMANDA (respecto petición subsidiaria de rebaja) · Reclamada solicita rechazo, con costas. LLAMADO A CONCILIACIÓN / SE FRUSTRA · Propuesta tribunal : Se rebaje de la sanción a la mitad. · Propuesta reclamada : No tiene facultades para conciliar. HECHOS NO CONTROVERTIDOS 1. Que el 16 de Marzo de 2020 se dicto resolución de Multa Nº 1262/20/15 por la Inspección Provincial del Traba

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se dicta esta sentencia en procedimiento monitorio dentro del plazo que establece el inciso 4° del artículo 501 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que se ha presentado Marcelo Andrés Rodríguez Belmar, abogado, en representación de sociedad CAFETERIA CONSTANZA ESQUERRE E HIJAS LIMITADA, del giro de su denominación, ambos domiciliados -para estos efectos- en la comuna de Concepción, calle Barros Arana Nº 492, oficina 145, e interpone reclamo judicial contra el ORD. Nº 1120, dictado por la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, legalmente representada por su Inspector Provincial, Marcos Fernández Palma, funcionario público, ambos con domicilio en Castellón Nº 435, 5° piso, de Concepción, que rechazó recurso administrativo de sustitución de multa, notificado el 23 de junio de 2020, que resolvió no acoger la solitud de sustitución de multa presentado por esta parte en contra de la Resolución Nº 1262/20/15 con fecha 15 de Mayo de 2020, que lo sanciona con 10 UTM, para que en definitiva se deje sin efecto. Durante esta audiencia amplió su petición, pidiendo en subsidio reducir el importe de la sanción a 1 UTM, o a la cantidad que se determine. TERCERO: Que al proveer la demanda, estimándose, conforme al artículo 500 del Código del Trabajo que los antecedentes aportados por la demandante no eran suficientes para emitir un pronunciamiento de plano, con fecha 8 de julio de 2020 se citó a las partes a la audiencia única. CUARTO: Que la audiencia única se realizó mediante plataforma remota, por imposibilidad de realizar audiencias presenciales en dependencias del tribunal, con acuerdo de las partes. Durante el curso de esta audiencia, la actora amplía su demandada incorporando como petición subsidiaria la reducción de la cuantía de multa. A continuación se desiste de la petición principal. La demandada contestó la demanda posteriormente, solicitando en virtud de los argumentos que indicó en su intervención y a los cuales me remito, el rechazo en todas sus partes, por encontrarse la aplicación de la multa ajustada a derecho. Una vez frustrado el llamado a conciliación, se fijan los hechos pacíficos y luego se recibe la causa a prueba. Para acreditar sus aseveraciones las partes rinden solo prueba documental, legalmente incorporada al juicio mediante su lectura extractada y a continuación observan la prueba. QUINTO: Que, las partes no controvierten en general y así quedó asentado en la audiencia, que el 16 de marzo de 2020 se dictó Resolución de Multa Nº1262/20/15 por la Inspección Provincial del Trabajo de Concepción, que aplicó a la reclamante una multa administrativa equivalente a 10 UTM, por infracción consistente en no otorgar fracción de feriado anual de -a lo menos- 10 días en forma continua–, infringiéndose con ello el artículo 70 inciso 1º del Código del Trabajo. El 15 de mayo de 2020, la reclamante interpuso conforme al artículo 506 Ter del Código del Trabajo solicitud de sustitución de la multa por la asistenc

Fallo

fallo se dictará a continuación, se efectuará un receso para ello. · Los apoderados de ambas partes se excusan de asistir a la continuación de esta audiencia. Tribunal provee: Se aceptan las excusas de las partes, la sentencia se les remitirá a sus respectivos correos electrónicos. RECESO: Siendo las 10:36 horas se suspende la audiencia. Siendo las 13:15 horas, se reanuda la audiencia, no asisten los apoderados de las partes, quienes se justificaron de asistir, llevándose a efecto esta continuación de audiencia, debiéndose remitir copia de la sentencia y el acta a los correos electrónicos de los apoderados. SENTENCIA: Concepción, a veintisiete de enero de dos mil veintiuno. VISTO OIDO LOS INTERVINENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se dicta esta sentencia en procedimiento monitorio dentro del plazo que establece el inciso 4° del artículo 501 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que se ha presentado Marcelo Andrés Rodríguez Belmar, abogado, en representación de sociedad CAFETERIA CONSTANZA ESQUERRE E HIJAS LIMITADA, del giro de su denominación, ambos domiciliados -para estos efectos- en la comuna de Concepción, calle Barros Arana Nº 492, oficina 145, e interpone reclamo judicial contra el ORD. Nº 1120, dictado por la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, legalmente representada por su Inspector Provincial, Marcos Fernández Palma, funcionario público, ambos con domicilio en Castellón Nº 435, 5° piso, de Concepción, que rechazó recurso administrativo de sustitución d

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA EN RECLAMACIÓN DE MULTA (Audiencia efectuada por video conferencia a través de plataforma digital Zoom). FECHA 27 de enero de 2021 RUC 20-4-0281002-6 RIT I-82-2020 MAGISTRADO JOSE GABRIEL HERNANDEZ SILVA SALA 2 ADMINISTRATIVO DE ACTAS Mariela Romero Concha HORA DE INICIO 10:15 horas HORA DE TERMINO 13:23 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2040281002-6-

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