Juzgado de Garantía de San Bernardo

XIMENA NATALI GACITUA LEON C/ MARCO ANTONIO CASTILLO SOTO

Rol

O-5805-2019

Fecha

7 de mayo de 2021

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 15 No. 1, 18, 21, 25, 67, 68, 296 n° 3, 399, 400, 494 n° 5 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 5, 7, 9 de la Ley No. 20.066, se declara: i.- Que se absuelve a MARCO ANTONIO CASTILLO SOTO, de su presunta participación en calidad de autor en los hechos materia del requerimiento de autos constitutivos según la Fiscalía de los delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 399 en relación con el artículo 494 n° 5 del Código Penal y de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 296 n° 3 del Código Penal, delitos cometidos en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, los días 16 de febrero y 23 de febrero, respectivamente, ambos del año 2019. ii.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. LTZXXNMXMZ CRISTIAN FABIAN MORALES PEREIRA Juez de garantía Fecha: 12/05/2021 20:16:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. RUC 1900184886-3 RIT 5805 - 2019 Dictada por CRISTIAN FABIÁN MORALES PEREIRA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo. LTZXXNMXMZ CRISTIAN FABIAN MORALES PEREIRA Juez de garantía Fe

Fallo

se declara: i.- Que se absuelve a MARCO ANTONIO CASTILLO SOTO, de su presunta participación en calidad de autor en los hechos materia del requerimiento de autos constitutivos según la Fiscalía de los delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 399 en relación con el artículo 494 n° 5 del Código Penal y de amenazas no condicionales en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 296 n° 3 del Código Penal, delitos cometidos en San Bernardo, territorio jurisdiccional del tribunal, los días 16 de febrero y 23 de febrero, respectivamente, ambos del año 2019. ii.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. LTZXXNMXMZ CRISTIAN FABIAN MORALES PEREIRA Juez de garantía Fecha: 12/05/2021 20:16:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consul

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ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : siete de mayo de dos mil veintiuno. Imputado : MARCO ANTONIO CASTILLO SOTO, cédula de identidad N° 0012114619-3, nacido el 03 de septiembre de 1991 , con domicilio en Pasaje CERRO COYANCO N° 1181, VILLA CORDILLERA Nº ., comuna de San Bernardo.. Fiscal : CLAUDIO CIUDAD CUETO . Defens

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