MARILYN DEL PILAR VELIZ MORALES C/ RICARDO ANDRÉS NAVARRETE MORALES
Rol
O-78-2020
Fecha
11 de mayo de 2021
Materia
CONDUC.VEHIC DURANTE VIG ALG.SANCI IMPUEST ART209 LEY 18290.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento y de este modo evitado la realización de un juicio propiamente tal, se le exime del pago de las costas. XSQFXNQVXV Barbara Andrea Leal Torrealba Juez de garantía Fecha: 12/05/2021 13:14:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Dése cumplimiento oportunamente a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Notifíquese, regístrese, anótese y archívese oportunamente, si no fuere recurrida RUC: 1901084872-8 RIT N° 78-2020 Dictada por doña BÁRBARA ANDREA LEAL TORREALBA, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Nacimiento. XSQFXNQVXV Barbara Andrea Leal Torrealba Juez de garantía Fecha: 12/05/2021 13:14:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-05-12T13:14:38-0400 Corte Suprema Barbara Andrea Leal Torrealba Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 1; 7; 15; 30, 67 del Código Penal, artículos 209 de la ley 18.290 y artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículo 8° de la ley 18.216, SE DECLARA: I. Que, se condena a don RICARDO ANDRÉS NAVARRETE MORALES, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS, de presidio menor en su grado mínimo, multa de UN TERCIO de unidad tributaria mensual y accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 209 de la ley 18.290, perpetrado el día 16 de Septiembre del 2019, en la comuna de Nacimiento. II. Que reuniendo el sentenciado los requisitos establecidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA EN EL LUGAR DEL DOMICILIO DEL CONDENADO, computándose ocho horas continuas de reclusión parcial por cada día de privación o restricción de libertad; bajo la vigilancia y observación de Gendarmería de Chile, a través de monitoreo telemático.- La revocación de esta pena sustitutiva, por incumplimiento grave o por el solo Ministerio de la Ley, someterá al condenado al cumplimiento de la pena inicialmente impuesta, sirviéndole de abono el tiempo ejecutado de la pena sustitutiva en su caso y sin que existan otros abonos que considerar. III. Que, respecto a la multa impuesta esta deberá p
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SENTENCIA: (Registro íntegro de la audiencia se guarda en formato de audio, según acuerdo de la Excelentísima Corte Suprema, de fecha 28 de Enero de 2002) Nacimiento, once de mayo de dos mil veintiuno. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 1; 7; 15; 30, 67 del Código Penal, artículos 209 de la ley 18.290 y artículos 388 y siguientes del Código Procesa
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