MINISTERIO PUBLICO C/ YASER MORALES QUISPE(PASAPORTE 9588163)
Rol
O-7-2021
Fecha
10 de mayo de 2021
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y de derecho, que se transcriben, en pro de garantizar el principio de congruencia. “A) Hechos: El día 26 de Diciembre del año 2019 a las 09:27 horas aproximadamente, el imputado Yaser Morales Quispe fue sorprendido en su domicilio, ubicado en calle la Golondrina sin número, sector San José de Bollenar, de la comuna de Melipilla, por personal policial de la sección de investigación policial de la 24° Comisaría de Melipilla, manteniendo en su poder las siguientes especies, al interior de este inmueble específicamente y en gran parte en el dormitorio del imputado, en el piso costado del closet, una mochila color negro con estrellas de color dorado en cuyo interior había gran cantidad de Clorhidrato de Cocaína, dosificada en siete bolsas de nylon de color azul, con un peso de 3 kilos 900 gramos; y 199 ovoides de plástico, huincha aisladora color negro, que pesaron 2 kilos 310 gramos, haciendo un total de 6 kilos 210 gramos de Clorhidrato de Cocaína, además se le encontró en el patio posterior del inmueble la cantidad de 7 plantas de Cannabis Sativa, de 2 metros 70 centímetros la más alta y 70 centímetros la más pequeña. En el inmueble y al registro del domicilio se encontró además en la cocina una pesa digital marca RST 2000 de color blanco sin pilas, en el mueble del comedor dos recipientes de plástico transparente, un vaso pequeño de vidrio, también desde el interior del closet, recipiente plástico rectangular con una cuchara que mantenían restos de sustancia de color blanco dubitada como Clorhidrato de Cocaína, además desde el sector de la cocina un plato pequeño, un plato mediano, una cuchara con NXLZXMRLWS SYLVIA ALVARADO ESTAY Juez oral en lo penal Fecha: 10/05/2021 12:55:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallane
Fundamentos
fundamentos de hecho de la acusación pesa sobre el persecutor, el proceso penal se basa y funda en un sistema contravencional y NXLZXMRLWS SYLVIA ALVARADO ESTAY Juez oral en lo penal Fecha: 10/05/2021 12:55:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 18 adversarial, de modo, que, no habiendo discusión o contienda en cuanto a ciertos aspectos, no cabe sino, entender que existe acuerdo entre los intervinientes. Esto en nada afecta la garantía de presunción de inocencia ni menos el derecho a defensa, ya que sólo basta que la defensa manifieste pura y simplemente que cuestiona la existencia de tal o cual circunstancia para que toda la carga, esfuerzo y obligación probatoria cobre toda su plenitud respecto del Ministerio Público. Prueba de la fuerza que tiene el sistema contravencional y adversarial, es precisamente, la posibilidad que los intervinientes pacten convecciones probatorias; dicho de otro modo, las partes pueden convenir la ocurrencia de determinados hechos o circunstancias en las que no se requiere prueba para su corroboración. Tampoco existe discusión en cuanto a que en el domicilio que arrendaba el acusado, se encontraba un automóvil marca Chevrolet modelo Sail, color gris, año 2018, que mantenía unas latas que aparentaban ser la placa patente KC-LW.20. Sin embargo, se cuestionó por la defensa que dicho vehículo haya sido tenido, por el acusado, y que, además, este haya conocido o debido conocer su origen ilícito. Lo anterior, pues discutió que el vehículo lo compró doña Esthefany Juliana Urtecho Loayza; y que, en todo caso, el encartado no sabía ni pudo conocer que dicho automóvil haya sido robado. Con todo, a pesar de no estar controvertidos los hechos descritos, en el párrafo primero y primera parte del párrafo tercero precedentes, y que constituyen el núcleo de la pretensión fáctica del NXLZXMRLWS SYLVIA ALVARADO ESTAY Juez oral en lo penal Fecha: 10/05/2021 12:55:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 19 acusador, este incorporó igualmente prueba testimonial, documental, pericial y otros medios de prueba. Así, los hechos reseñados y no cuest
Fallo
por tanto, que se conozca ni la clase ni naturaleza del delito concreto del cual proceden las especies receptadas, sino solo que cualquier persona, atendidas las circunstancias del hecho, pueda sospechar, aplicando un mínimo de inteligencia que las especies no tienen un origen lícito (Matus y Ramírez, Lecciones de Derecho Penal Chileno T.II, pág. 117). NXLZXMRLWS SYLVIA ALVARADO ESTAY Juez oral en lo penal Fecha: 10/05/2021 12:55:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 16 Ha de señalarse también, que, para el caso de la receptación de vehículos motorizados, la ley chilena ha establecido una figura penal más grave. DÉCIMO: Análisis y valoración de la prueba del Ministerio Público. Antes de abocarse al examen y ponderación de la prueba rendida durante el juicio oral, es menester destacar que no existió controversia, entre el ente persecutor penal y la defensa, con relación a la efectividad de determinados elementos fácticos de la acusación, y que constituyen su núcleo central, a saber, que a) el 26 de diciembre del año 2019, alred
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1 ACUSADO : YASER MORALES QUISPE DELITO : TRÁFICO ILICITO DE DROGA RECEPTACIÓN VEHÍCULO MOTORIZADO RUC : 1.901.397.786-3 RIT : 7-2021 Melipilla, a diez de mayo de dos mil veintiuno. - VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Integración del Tribunal e individualización de los intervinientes. Que el día cinco de mayo de dos mil veintiuno, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de
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