MONTERO/D&R SEGURIDAD O SECURITY E.I.R.L.
Rol
M-769-2019
Fecha
26 de enero de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA POR LAS PARTES X · SENTENCIA X Constancia. En virtud de la pandemia que ocasiona la enfermedad COVID-19, esta Audiencia se ha celebrado mediante Video Conferencia a través de la plataforma Zoom, habilitada para estos efectos por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, todo conforme a los acuerdos del Comité de Jueces de fechas 16, 18 y 26 de marzo y de 3 de abril de 2020. Se deja constancia que se ha tomado contacto con don José Núñez Salazar jefe de la unidad de servicios, quien se encuentra de turno en las dependencias del Tribunal ubicadas en calle Yungay N° 2434 de Valparaíso y efectuados los llamados de rigor, no se encuentra presente el demandante ni la demandada principal D&R Seguridad o Security E.I.R.L., ni nadie ha comparecido en representación de ellos. Contestación de la demanda. La demandada compareciente Constructora e Inmobiliaria Rapel Limitada hace uso de su derecho a contestar la demanda. -Argumentos que se encuentran contenidos íntegramente en el registro de audio, por lo que no se transcriben - El Tribunal resuelve: Téngase por contestada la demanda. Conciliación. Se tiene por fracasado el llamado a conciliación, atendida la falta de comparecencia de la demandante y la demandada principal. RECEPCIÓN DE LA CAUSA A PRUEBA Hechos a Probar Se fijan los siguientes hechos a probar en el presente juicio: 1. Efectividad de que la demandada D&R Seguridad o Security E.I.R.L ha incumplido gravemente las obligaciones que le impone el contrato, conforme a los hechos expuestos en la carta de autodespido. 2. Procedencia del pago de las remuneraciones pendientes de abril y mayo de 2019. 3. Efectividad de haber laborado el trabajador en horas extraordinarias. 4. Procedencia del pago de la gratificación legal. No se recibirá a prueba: a. Lo relativo al feriado proporcional, toda vez que ha sido aceptado por la demandada que ha comparecido. b. La existencia de un trabajo en rég
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 63, 160 N° 7, 162, 168, 171. 420 y siguientes del Código del Trabajo y artículo 1.698 del Código Civil, SE DECLARA: I. Que, se rechaza la acción de despido indirecto y nulidad del despido, intentada por el actor don CARLOS MAURICIO MONTERO MELLA, cédula de identidad N° 6.633.178-4, entendiéndose en consecuencia que la relación laboral ha concluido por renuncia del trabajador, en conformidad a lo que dispone el artículo 171 inciso 5° del Código del Trabajo. II. Que, sin perjuicio de lo señalado las demandadas D&R SEGURIDAD O SECURITY E.I.R.L. Rut 76.834.886-3 y CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA RAPEL LIMITADA, Rut 76.909.820-8, deberán pagar solidariamente al actor las siguientes prestaciones: a. $301.000.-, por concepto de remuneración pendiente de pago del mes de abril de 2019. b. $160.583.-, por concepto de días trabajados del mes de mayo del año 2019. c. $43.480.-, por concepto de indemnización compensatoria de feriado proporcional. III. Que, se rechaza la demanda en lo relativo a la pretensión de pago de horas extraordinarias y gratificación legal. IV. Que, las sumas ordenadas pagar serán reajustadas y generarán luego de actualizadas los intereses que procedan conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V. Cada parte deberá pagar sus propias costas. Se hace presente que la parte demandante y la demandada principal estaban apercibidas en orden a que en caso de incomparec
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, 25 de enero de 2021. RUC 19-4-0197938-K RIT M-769-2019 MAGISTRADO JAVIER MORA MÉNDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Victoria Paredes Llano SALA VIRTUAL 7 HORA DE INICIO 11:44 horas. HORA DE TÉRMINO 12:10 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 19-4-0197938-K-1338 (Sala
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