Juzgado de Garantía de Graneros.

M.P. C/ VÍCTOR ALEJANDRO RIVERA CÁCERES

Rol

O-100-2021

Fecha

30 de abril de 2021

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: Fecha de ocurrencia de los hechos: el día 15 de enero de 2021, alrededor de las horas, en circunstancias que víctima se encontraba en su local comercial de nombre “Verdulería Maule” ubicado en calle San Guillermo de la comuna de Mostazal, jugando en una máquina traga moneda, donde entra el imputado quién toma a la víctima por la espalda para luego tomarla del pelo arrastrándola a la caja registradora, la víctima sustrajo desde el interior de la caja un cuchillo o elemento contundente y el imputado sale huyendo del lugar. La Victima resulta con lesiones de carácter leve. Procedimiento Abreviado: Graneros, treinta de abril de dos mil veintiuno. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a VÍCTOR ALEJANDRO RIVERA CÁCERES, cédula de identidad N° 0021137746-1, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de ROBO CON VIOLENCIA., hecho cometido en el día de 15-01-2021, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos necesarios se le sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigilada Intensiva, por igual periodo de la pena, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social de 17 de mayo de 2021. IV.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación, permitiendo la procedencia del juicio abreviado, se le exime del pago de las costas de la causa. Se considera como abono en caso de eventual quebrantamiento, desd

Fallo

Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se CONDENA a VÍCTOR ALEJANDRO RIVERA CÁCERES, cédula de identidad N° 0021137746-1, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de ROBO CON VIOLENCIA., hecho cometido en el día de 15-01-2021, en territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos necesarios se le sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigilada Intensiva, por igual periodo de la pena, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social de 17 de mayo de 2021. IV.- Teniendo presente que el imputado ha aceptado los hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación, permitiendo la procedencia del juicio abreviado, se le exime del pago de las costas de la causa. Se considera como abono en caso de eventual quebrantamiento, desde el 16-01-2021 al día de hoy 30-04-2021. Se reconocen circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Agravantes: No concurren. Atenuantes: 11 N° 6 y 11 N° 9 Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de Graneros Antonio Varas 137 de Graneros, fono 072-471799 o 072-472340 jggraneros@pjud.cl ACTA DE AUDIENCIA treinta de abril de dos mil veintiuno Ruc: 2100047466-2 Rit: 100 - 2021 Hora Inicio: 10.51 Hora Término:10.59 Juez: RUBÉN HERNÁN DONOSO PAREDES Tipo de Audiencia: procedimiento abreviado Delito: ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 inc. 1º 433, 438, 439.. Imputado: VÍCTOR ALEJAN

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica