7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CRISTIAN IGNACIO GASTELLU FUENTES

Rol

O-12964-2019

Fecha

29 de abril de 2021

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 26 de julio de 2019, alrededor de las 13:00 horas, en la vía pública, frente al N° 221 de la calle Abate Molina, en la comuna de Santiago, la víctima María Eugenia Pardo Ortúzar, sacó desde su cartera su teléfono celular marca Huawei, color blanco, avaluado en la suma de $500.000, para contestar una llamada cuando sorpresivamente el acusado FABIAN NICOLAS ROMAN FUENTES, previamente concertado con el acusado CIRISTIAN IGNACIO GASTELLU FUENTES, se le acerca rápidamente y le arrebata el teléfono celular de sus manos, huyendo con la especie sustraída en su poder, siendo seguido por la víctima quien gritaba "ladrón, ladrón", mientras trataba de alcanzarlo, siendo esto impedido por el acusado GASTELLU FUENTES, quien se interponía evitando que la víctima le diera alcance al acusado ROMAN FUENTES. Finalmente, los acusados fueron detenidos por Carabineros, logrando recuperar el teléfono sustraído que se encontraba en poder de los acusados. SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTIAN IGNACIO GASTELLU FUENTES, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, XXXXXKQBEL CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE Juez de garantía Fecha: 04/05/2021 12:53:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de Robo por Sorpresa, previsto y sancionado en el Artículo 436 inciso 2° del Código Penal, en relación al artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de ejecución de consumado, cometido

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a CRISTIAN IGNACIO GASTELLU FUENTES, ya individualizado, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, XXXXXKQBEL CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE Juez de garantía Fecha: 04/05/2021 12:53:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de Robo por Sorpresa, previsto y sancionado en el Artículo 436 inciso 2° del Código Penal, en relación al artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de ejecución de consumado, cometido día 26 de julio de 2019, en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos de la Ley N°18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la de reclusión domiciliaria nocturna, entre las 22:00 y 06:00 horas del día siguiente, por el tiempo de la condena, a partir del día lunes 03 de mayo 2021 a cumplir en el domicilio de Calle SANTA PETRONILA Dpto. 1604 N° Nº 38, comuna Estación Central, ofíciese a 21° Comisaria de Estación

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO Abreviado FECHA: Santiago., veintinueve de abril de dos mil veintiuno TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CARLA VALERIA CAPPELLO VALLE RUC: 1900799960-K RIT: 12964 - 2019 IMPUTADO: CRISTIAN IGNACIO GASTELLU FUENTES C.I. 0019513694-7 DELITO Robo por Sorpresa ARTICULO Artículo 436 inciso 2° del Código Penal, en relación al artículo 432 del mismo cuerpo legal.

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